Ex marido me insulta por whatsapp
La actuación del ex-marido de su amiga está considerado como un delito previsto en el artículo 153 del Código Penal, en el que está prevista una pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficios de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años. Violencia de género. Maltrato psicológico denunciable ante la Policía o Guardia Civil.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Lo que cuenta puede tener relevancia penal si puede probar lo que dice y las consecuencias son que pueda ser condenada esa persona. No obstante, hay que ver siempre el contenido de los mensajes para poderlos valorar. Si desea ampliarnos la información, puede contactar con nosotros, en cuyo caso le diremos antes cuánto cuesta la consulta.
Abogado familia Córdoba Esther Pérez Camorra
Abogado de Córdoba especializado en Derecho Civil
Como ya le han contestado los compañeros, se puede denunciar por acoso y vejaciones, aportando los pantallazos de whatsapp de forma impresa y en el propio móvil, para acreditar la procedencia de dichos mensajes. Si necesita que desde este despacho le redactemos la denuncia, no dude en contactar con nosotros.
Un saludo
Abogado clausula suelo Córdoba Cristina Gutiérrez Noci
Abogado de Córdoba especializado en Derecho Civil
Pues puede ser objeto de vejaciones y acoso en el ámbito de violencia de género
aún cuando estén separados-
Podría interponer denuncia aportando y solicitando la incorporación de los wasapps y encaso de haber un juicio solicitar como medidas de protección la prohibición de comunicación y alejamiento
ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
Abogado de Valdepeñas especializado en Arbitraje
Pues claro que puede. Es ciberbullying. Acoso psicológico entre iguales. Que denuncie en la guardia civil. Brigada de delitos telemáticos. Y se prepare. El ex.