¿Desde qué fecha debe pagarme la hipoteca y otros gastos mi mujer, ya que me abandonó en 1981 y la sentencia de separación fue en 1984?
En primer lugar, sería necesario conocer con detalle las condiciones establecidas en la sentencia sobre dichos gastos, con el fin de iniciar las actuaciones judiciales pertinentes.
Quedamos a su disposición y le informamos que nuestra primera consulta es gratuita, en la cual le facilitaremos un presupuesto cerrado.
Un saludo
ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común
Hay que estudiar sentencia y como está redactado.
Hay que ver si se liquidó sociedad de gananciales. Sino habría que liquidarla y ahí sacar la deuda que tiene su mujer.
Un saludo.
Yo discrepo de los compañeros ya que si se puede probar el abandono del hogar desde 1981, personalmente reclamaría desde esa fecha.
Quedo a su disposición.
Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Abogado de Alcobendas especializado en Derecho Civil General
Buenos días: desde la fecha de la sentencia que acuerde su separación o divorcio, si hubiera habido Medidas Provisionales, desde la fecha del Auto que las acordó
Desde la fecha de la sentencia de separación.