Fin pension de alimentos
Buenos días,
La extinción de la pensión de alimentos de un hijo menor de edad, se produce cuando el hijo ya no es dependiente económicamente de sus progenitores, motivo por el cual hay que conocer con más detalle las circunstancias de su caso.
En términos generales, le indicamos que la pensión de alimentos se extingue cuando el hijo ya ha finalizado sus estudios, tiene trabajo estable, o en el caso de no ser estable encadene varios contratos temporales (no se incluyen contratos esporádicos), y que sean de cierta entidad económica (que con sus ingresos pueda ser independiente).
Le proponemos nuestra experiencia.
Un saludo.
Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Abogado de Alcobendas especializado en Derecho Civil General
Buenos días: La extinción de la pensión de alimentos de este hijo, se entiende que tiene independencia económica, cuando haya una cierta continuidad en sus trabajos, no basta con un solo contrato. Un saludo.
Gesmadrid Abogados SLP
Abogado de Madrid especializado en Derecho del Trabajo
No hay ningun plazo fijado, pero si tienen tan buena relación hablenlo y acuerden en consecuencia, a ser posible, por escrito.
Saludos