Gastos extraordinarios y no puedo llegar a todo
Abogado de Familia Valencia - Maria Rosella Burguete
Abogado de Valencia especializado en Derecho de Familia
Si existe, que debe de existir una pensión de alimentos, los gastos escolares, matriculas, libros etec. están incluidos en dicha pensión, salvo que pacto en contrario se haya convenido otra cosa en convenio, normalmente la mensualidad que corresponde abonar al progenitor no custodio, durante el periodo vacacional en que el menor esta con el padre, es el que se debe destinar a matricula, libros etc. los gastos médicos no cubiertos por la seguridad social, se abonan al cincuenta por ciento. Respecto a las actividades extraescolares hay que consensuarlas, si esto no se hace así y uno de los progenitores toma la decisión y el otro no esta de acuerdo, el que ha tomado la decisión deberá cargar con el pago de los mismos, si tiene alguna duda puede enviarme un email.
Si ya lo has firmado y hay sentencia firme estás obligado, si todavía no lo has firmado y esa es tu consulta, los gastos de matricula escolar, mensualidad escolar y comedor, libros y material escolar, son gastos ordinarios incluibles en la pensión alimenticia. Los gastos extraordinarios necesarios ( como por enfermedad) se pagan normalmente al 50% y los gastos de extraescolares tienen que ser previo acuerdo.
Buenas tardes,
Lo que hay que tener en cuenta principalmente es la pensión que está usted pasando a su exmujer.
Nuestro despacho puede revisársela y orientarle al respecto.
Puede ponerse en contacto con nosotros a través de secretaria@rfabogados.es para poder estudiar su asunto.
Un saludo.
www.rfabogados.es
ABOGADO DIVORCIO VALENCIA Lola Tormo
Abogado de Valencia especializado en Derecho de Familia
Salvo pacto en contrario,en la pension esta todo salvo los extraordinarios.