Que hacer ante una solicitud de una reduccion de jornada de una empleada de hogar

Tengo contratada desde hace varios años a una empleada de hogar por 40 horas al mes.
A su hijo de cinco años le han detectado una enfermedad grave y me ha solicitado una reducción de jornada del 99%
Mis preguntas son :
Si contrato a otra empleada de hogar para suplir a la que tengo tengo que pagar la seguridad social de las dos hasta que se reincorpore ?
cuanto tiempo puede estar con esa reducción de jornada?
Puedo rescindir el contrato para contratar a una nueva ?
Espero respuestas y muchas gracias.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Laboralista y de Familia en Leganés RUZBI ABOGADOS
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Buenos días,
En respuesta a sus consultas, informarle que en el supuesto de que usted decida contratar a otra empleada del hogar para suplir a la que tiene contratada actualmente, si deberá pagar la seguridad social de ambas trabajadoras, en proporción a lo que le corresponda a cada una de ellas. Respecto al tiempo máximo en que su empleada actual pueda estar con reducción de jornada, al ser por cuidado de hijo menor, el límite en este caso lo marca la edad del niño. La Ley determina que se puede tener reducción de jornada, en principio, hasta que el menor tenga los 12 años.
Por último, respecto a rescindir el contrato estando ella en situación de reducción de jornada por guarda, salvo que existan motivos bien fundado para proceder al despido, el despido podría ser declarado como nulo.
Mi recomendación es que lo converse con la trabajadora actual e intente llegar a un acuerdo con ella en relación a los términos que me consulta, para así evitar posibles consecuencias.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Segunda Oportunidad Arroyomolinos LUCÍA AMORES ABOGADA
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Buenos días:

Respecto al pago de la seguridad social, solamente pagaría el % de jornada de la anterior empleada y la seguridad social de la persona que contrate en sustitución, no las dos seguridades sociales.
La reducción de jornada por esta circunstancia no tiene límite preestablecido.
Si despide a esta trabajadora por reducción de jornada se trataría de un despido nulo, y se vería obligado a reincorporarla a su puesto de trabajo.
Un saludo

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