¿Hay normativa que impida que los perros paseen sueltos por la calle?
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
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En relación con lo que pregunta, le indicamos que el Ayuntamiento de Logroño aprobó una Ordenanza Reguladora de la tenencia y protección de animales de compañía, la cual es aplicable en el término municipal de Logroño, por lo que si vive en otra población habrá que ver, en primer lugar, si existe en el Ayuntamiento de que se trate una normativa propia, además de las demás normas que también resultan de aplicación.
En dicha regulación, y en la mayoría de las existentes, se distingue entre animales potencialmente peligrosos y los que no lo son, por lo que ciñéndonos al segundo de los supuestos, por ser el más habitual, los perros de que habla tendrían que ir con collar y con cadena, correa o cordón resistente sujetado por una persona responsable con capacidad suficiente para mantener el control del animal en todo momento, salvo que estén en una zona acotada y señalizada en el horario que se establezca.
Además, si se trata de perros de más de 35 kilos, o de menor peso si su temperamento así lo aconseja, tienen que ir con bozal.
Si no se respeta la normativa aplicable se estaría cometiendo una infracción que puede ser sancionada con multa, previa la tramitación del correspondiente procedimiento, si es debidamente acreditada ante quien corresponda; pero si nadie hace nada y pasa el breve tiempo que se establece en la norma, la infracción puede prescribir.
Por ello, si quiere que estudiemos su caso, le aconsejamos que se ponga en contacto con nosotros solicitándonos una cita previa para mantener una reunión en nuestra sede central de Logroño.
Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
Abogado de Burgos especializado en Violencia de género
En primer lugar hay que saber de qué tipo de perros se trata y cual es su municipio. En Logroño, en concreto, y en la mayor parte de las Ordenanzas de las distintas localidades, contemplan como infracción el llevar perros sueltos en determinados sitios y en función del tipo de perro de que se trate.
No obstante, le comunico que desde el 1 de julio de 2015, al ser modificado el Código Penal, la conducta constituye una infracción denunciable ante la Policía, Guardia Civil y otros Cuerpos de Seguridad del Estado. Dicha infracción acarrea la correspondiente sanción administrativa por contravenir la Ley de Seguridad Ciudadana
Abogado accidentes Bilbao Tamara Diez
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
La normativa que se aplica es la local.
Si no hay normativa del ayuntamiento, la de la comunidad autónoma.
ABOGADO COBRO DE FACTURAS - BARCELONA
Abogado de Madrid especializado en Reclamaciones de Impagados
Vamos a analizar de que tipo de perro se trata. Si es tan amable nos puede contactar y le asesoraremos gratuitamente.