Herencia sin testamento reparto desigual
Abogada divorcios en Las Palmas de Gran Canaria Ana María Lede Martínez
Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Derecho Civil
Si no existe testamento:
En el caso que no exista testamento, la Ley establece que los herederos son los hermanos del difunto, en caso que el mismo no tenga cónyuge, ni hijos, ni padres.
Hasta el 2015 era un juez quien dictaminaba los herederos si no había testamento. Él era quien consideraba cuáles de los parientes debían heredar. Sin embargo, a partir de dicho año la ley cambió, se consideró que debía ser el notario mediante acta de notoriedad quien debía distribuir la herencia entre hermanos y parientes. Citamos: sus parientes colaterales, podrán instar la declaración de herederos abintestato. Esta se tramitará en acta de notoriedad autorizada por notario competente para actuar en el lugar en que hubiera tenido el causante su último domicilio o residencia habitual, o donde estuviere la mayor parte de su patrimonio, o en el lugar en que hubiera fallecido, siempre que estuvieran en España, a elección del solicitante.
Es decir, dicha resolución la ejercerá el notario más cercano al domicilio del causante. En este caso, los llamados parientes colaterales. Para el caso de los llamados hermanos de doble vínculo heredarán a partes iguales. Los hermanos de doble vínculo comparten padre y madre. Sin embargo, si alguno de dichos hermanos de doble vínculo ha fallecido se produce otro caso. En dicho caso se incluye a los sobrinos del fallecido. Así, los hijos del hermano del fallecido (sus sobrinos) ocupan el lugar de su ascendiente (el hermano del fallecido). Para dejarlo claro, si uno de los hermanos ha muerto sus hijos ocupan su lugar.
Abogado inmobiliario y desahucios Valencia - Isidoro Ricardo Manzanera Vila
Abogado de Valencia especializado en Derecho Civil
En primer lugar, y al no haber testamento, hay que determinar quienes son los herederos legales, vía notario o vía juez.
Una vez determinados los herederos, se hace el reparto, y si los beneficiarios se ponen de acurdo en las cuotas hereditarias, no hay problema, siempre que no vaya en contra de Derecho Dispositivo.
Espero haber solventado sus dudas.
Juan Trujillo González
Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Derecho de Familia
Efectivamente, estando todos de acuerdo se puede hacer un reparto desigual, si bien habrá que estudiar el tema por la incidencia fiscal que ello puede suponer. Repartir de una u otra manera puede implicar el abono de cantidades importantes de impuestos. Saludos.
González Torres Abogados
Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Derecho Administrativo
Estimado señor/a:
Se puede repartir de forma desigual la herencia si están todos los herederos conformes, bien por mutuo acuerdo o por sorteo.
En caso contrario, pueden venir al despacho.
Atentamente,
Pedro Torres Romero (abogado).