Herencias de bienes muebles e inmuebles.

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Buenos días:
En herencias, el impuesto se paga en la Comunidad Autónoma de residencia del causante por toda la herencia, haya bienes muebles o inmuebles e independientemente de dónde radiquen. Únicamente si el heredero es no residente en España, se pagará en la Agencia Estatal. Es un error de la página de la DGT.
En donaciones de bienes muebles, sí se paga en la Comunidad Autónoma de residencia del donatario. Para donaciones de bienes inmuebles, en la Comunidad Autónoma donde se ubique el inmueble.
Esperamos haber resuelto sus dudas. Cualquier cosa que necesite estamos a su disposición. Somos especialistas en herencias y sucesiones, y trabajamos mucho en la sierra norte y noroeste.
Un saludo.

Abogado Hospitalet de Llobregat Juan José Gonzalez Prieto
Abogado de Hospitalet de Llobregat especializado en Derecho Civil
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Buenos días,
Sobre su consulta, en todas las comunidades autonómicas, existe el ISD, cada autonomía tiene sus baremos en relación con los impuestos, dependiendo del grado de parentesco, unos estan exentos y otros no, pero por regla general, todos deben ser declarados y con el consiguiente pago de impuestos. este despacho queda a su disposición en el caso que necesite nuestros servicios.