Hurté mercadería en un centro comercial ¿qué me puede pasar?

Buenas tardes. Estoy destrozada y no sé porque lo he hecho. Me han pillado robando comida en un supermercado, lo malo es que saben que lo he hecho tres veces más en el período de un mes. Pagué parte de la compra y la otra la intenté colar. A la salida, el vigilante me paró y me llevó a un cuarto, me dijo que sabía que lo había hecho tres veces más, vino la policía y tomaron mis datos. No me dieron citación ninguna, me dijeron que ya me llegaría la citación. ¿Qué me puede pasar ahora? He leído que cambia el código penal y estoy realmente asustada, aparte de avergonzada. Soy una mujer de 49 años que nunca ha hecho nada. Tengo que salir de viaje la semana que viene cuatro días ¿Qué hago? ¿Puede ir mi marido a preguntar a Plaza Castilla si ha llegado algo? Supongo que tendrá que llevar una autorización pero no sé muy bien que tiene que poner. Muchas gracias.

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Despacho Jurídico Concepción Núñez

Despacho Jurídico Concepción Núñez

Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común

  • Mejor respuesta según autor
Contestado

Buenas tardes, le citarán en su momento para un juicio de faltas por hurto y como mucho le pondrán una multa, puede salir de viaje sin ningún problema pues no hay nada que se lo impida por este tema y si no tiene ninguna prohibición por otro tema. Quedo a su disposición, un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
Basic
ABOGADO DELITOS FISCALES MADRID JULIO PERODIA CRUZ CONDE
Contestado

La reforma del código penal entra en vigor el 1 de julio de 2015 y a los hechos acaecidos con anterioridad les será de aplicación la legislación vigente en dicho momento, salvo la que sea favorable al acusado. Mientras tanto estamos hablando de una falta del artículo 623, penada con localización permanente de 4 a 12 días o multa de uno a dos meses, si hay reiteración, se impondrá en todo caso la pena de localización permanente. Habría que ver las fechas de las otras faltas. En todo caso, yo me esperaría a que se me notificará, si no estuviese en su domicilio, le dejaran una citación para que pase a recoger cualquier notificación.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Legal Orbis- Abogados Madrid

Legal Orbis- Abogados Madrid

Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común

VER PERFIL
Contestado

Buenas tardes. Tranquilícese, lo que ha hecho no tendrá graves consecuencias. La llegada del nuevo Código Penal no le acarrea consecuencias puesto que usted ha cometido una falta de hurto y será juzgada por ello como falta, no como delito. La pena probablemente será unos cuantos días de multa, y no tendrá antecedentes penales. Es un tema complejo así que si tiene alguna duda o necesita alguna aclaración, por favor, contacte con nosotros por cualquier medio, estaremos encantados de atenderle (primera consulta gratuita) y de asesorarlo en todo lo que necesite.
Un cordial saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado