Impago préstamo personal

Buenas tardes! Qué tal? Un titular de préstamo personal tiene 2 recibos impagados, ¿Al avalista el banco puede retenerle el importe? Yo tengo entendido que hasta que no tengan 3 recibos impagados no pueden tocar al avalista. Además es la oficina bancaria por su cuenta quien lo hace sin tener orden judicial, reclamación legal.. Eso.lo hace para cobrar por su cuenta. Muchas gracias. Saludos

Respuestas de otros profesionales:
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Gutiérrez | Beuster Abogados
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Estimado,

Con carácter previo, aclarar que un avalista solidario responde con todo su patrimonio ante el impago del prestatario (quien solicita el préstamo) y adquiere las mismas obligaciones sin excepciones.

Si bien, por el impago de dos cuotas no se le puede reclamar al avalista, básicamente porque para poder reclamar a esta figura es necesario que primero se realice la ejecución contra el prestatario, aunque la doctrina en este aspecto presenta diferente corrientes en cuanto a la interpretación del artículo 579 de la LEC.

Como siempre digo, cada situación presenta particularidades y debe ser estudiada con rigor.

Un cordial saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEVILLA María del Carmen Rosa Morón
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Buenas tardes.
Depende de las cláusulas que tenga contratadas en su préstamo personal. Es posible retener si la cuenta está en el mismo banco o bien que se haya tramitado el procedimiento judicial sin posibilidad de notificarle el mismo al avalista y a los titulares del préstamo, lo que no significa que el procedimiento no siga.
Saludos

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Lo que cuenta puede hacerlo la entidad si se le ha autorizado para ello en la documentación que se haya firmado, por lo que habría que ver esa documentación para poderle dar una respuesta. Si desea nuestro asesoramiento, contacte con nosotros y pídanos un presupuesto.

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