Imposibilidad de pagar la hipoteca

Buenas tardes.

En el año 2008, a causa de un traslado en la empresa, compré una vivienda en Denia, hipotecando, con un producto llamado "hipoteca puente", el piso donde residía hasta la fecha (en Aldaia) y la vivienda que compraba en Denia con UCI, esperando vender la vivienda de Valencia y cancelar la parte correspondiente.

Ante la imposibilidad de la venta, me encuentro con una hipoteca altísima, incluso en esta coyuntura de intereses bajos y, leyendo las escrituras, descubro que el índice de referencia que he estado pagando se llama IRPh cajas y no euribor, y que los primeros años he estado capitalizando intereses, por lo que, después de ocho años pagando, resulta que les debo más dinero del que les pedí.

El tema es que ya me resulta imposible seguir pagando las cuotas, y tras llamar a UCI, su respuesta es que les envíe todos mis datos económicos para que ellos los estudien y vean que pueden hacer por mí. Les tanteo sobre el asunto del IRPh y me dicen que es un índice legal y que es lo que hay. Me dicen que me van a ofrecer una carencia o algo por el estilo, y no sé si eso es adecuado.

Las viviendas están tasadas en 538.000 € y las hipoteca es de 280.000.

Hay quienes me aconsejan que deje de pagar, otros que demande....pero no dejan de ser consejos de personas que no son abogados y, la verdad, yo tampoco entiendo sobre estos asuntos.

Me gustaría saber qué me aconsejan.

Un saludo y gracias.

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Abogado sanciones urbanísticas Sant Vicente de Raspeig Ana Jose Ganga

Abogado sanciones urbanísticas Sant Vicente de Raspeig Ana Jose Ganga

Abogado de San Vicente del Raspeig/Sant Vicent del Raspeig

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Buenos días, su problema es bastante habitual. Partiendo de la ilegalidad por abusivo del índice IRPh, en primer lugar, puede negociarse con la entidad para ajustar a la legalidad la cláusula de los intereses, y que éstos se rebajen para que pueda asumir el pago de la cuota. Al mismo tiempo, solicitar la devolución de las cantidades pagadas indebidamente por la aplicación del IRPh cajas, así como la anulación de las demás cláusulas que sean abusivas. Si no atienden las peticiones, formular reclamación de declaración de nulidad y de devolución de las cantidades indebidas.

Ello le permitiría mantener la propiedad de la vivienda, con el pago de una cuota mensual más ajustada, y lograr la devolución de las cantidades indebidamente pagadas.

Si no le fuera posible pagar las cuotas mientras la operación anterior tiene lugar, esto nos llevaría a una ejecución hipotecaria en la que igualmente alegaríamos las cláusulas abusivas con el objetivo de mantener la propiedad de su vivienda al menor coste, reducir o eliminar la deuda.

En cualquiera de los casos, es necesario estudiar tanto la documentación como los particulares de su asunto para plantear una estrategia, y con ella tomar decisiones.
Espero haberle ayudado, si desea más información estamos a su disposición.

Un saludo,
Ana José Ganga

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Su problema requiere un tratamiento particular. Lógicamente seguir pagando evita aumento de intereses, pero también es verdad que dejar de pagar provoca que la entidad financiera tenga que provisionar en el plazo de 1 mes el 100% del préstamo ante el Banco de España, lo que no les gusta hacer.

En caso de que tenga el indice referenciado al IRPH debe saber que hay Sentencias que están declarando nulo ese índice por ser abusivo respecto al euribor, y en caso de que a Vd. le ejecuten por dejar de pagar, podría suspenderse la ejecución por existir cláusulas abusivas, en este caso, el IRPH.

Mi consejo sería dejar de pagar, y forzar mejores condiciones y en su caso, impugnar por cláusulas abusivas. Por el valor de tasación que dice tiene, y el importe de la deuda, creo que puede asumir el riesgo.

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Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
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Buenas tardes.
Para poder aconsejarle sería necesario conocer la escritura de constitución de hipoteca, pero yo no le aconsejo que deje de abonar los plazos, ya que conllevaría la reclamacion de esa deuda, y si con la venta de la vivienda en subasta no se consigue recuperar la deuda, se podría encontrar con que pierde la vivienda y además mantiene una parte importante de la deuda.
Puede que los intereses que le estén cobrando superen el interes que debieran cobrarle, por lo que mi consejo es que acuda a un abogado de su localidad y exponga su problema.
Si desea cualquier aclaración o ser atendido directamente en el despacho, pongase en contacto con nosotros.
Un cordial saludo

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ABOGADO ACCIDENTES TRÁFICO VALENCIA SERRA TARAZONA ABOGADOS
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Buenas noches,
Salvo error hay ya bastantes sentencias que han declarado nula la cláusula de aplicación de intereses con IRPH. Puede informarse en http://agrupacionafectadosirph.blogspot.com.es/?m=1

Respecto a lo de dejar de pagar, para poder asesorarle convenientemente, tendríamos que conocer, cuanto menos, el valor de subasta que tiene la vivienda en la escritura de la hipoteca, porque de ello dependerá el precio por el que el Banco se adjudicaría la vivienda tras la subasta y, por tanto, podría calcularse la deuda que, en su caso, le quedaría a usted.

Esperamos haberle podido ayudar y quedamos a su disposición.

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Abogado de Familia Valencia - Maria Rosella Burguete
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Efectivamente el Indice de Referencia Prestamos Hipotecarios es totalmente legal. Yo creo que lo mejor que podría hacer es negociar con el banco, bien para una moratoria, bien para dar algo en dación de pago. Lo sientoi

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Comparto la tesis de mis compañeros del Gabinete Jurídico Padros.

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