¿Qué impuestos sobre transmisiones patrimoniales y donaciones debo abonar?

Mi pareja y yo adquirimos una vivienda habitual en julio de 2013 y en diciembre de 2014 decidimos poner las escrituras a mi nombre y ante notario hicimos una donación de su parte en mi favor. Me ha llegado una notificación de AEAT en la que pone que tengo que pagar impuestos de transmisión y no sé qué es lo que debo de pagar.

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Abogado Propiedad Horizontal Málaga SEGOLEY
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Estimado usuario,

Efectivamente, al tratarse de una donación, deberá tributar por la mitad del inmueble.

Le doy la mala noticia de que en Andalucía es un impuesto realmente caro en comparación con otros territorios. Lo correcto habría sido que usted la hubiera adquirido directamente, pues ahora pagará por impuestos que podría haber evitado.

Si la AEAT le ha requerido, encima quiere decir que vendrá con recargo y sanción. Le recomiendo subsanar el tema cuanto antes.

Por mi parte, espero haberle aclarado su duda, y aprovecho para poner a su disposición mis servicios si lo estimara apropiado, sin compromiso.

Soy Abogado dedicado al ámbito inmobiliario y tributario, precisamente.

Reciba un cordial saludo y suerte en todo caso.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO HERENCIAS SEVILLA Juan Gilabert

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Abogado de Sevilla especializado en Derecho Civil

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Me gustaría ver la carta que le ha mandado la AEAT.

Si estamos hablando del ITP el tipo normal es al 8%, pero dependiendo de su CCAA podríamos estar ante algún tipo bonificado, si son andaluces y es su primera vivienda habitual y son menores de 35 el tipo es de menos de la mitad (3,5%).

Sería cuestión de estudiarlo, estaremos encantados de atenderles.

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ABOGADO EXTRANJERIA MALAGA EadWeard Estudio Legal
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Estimada cliente:
Lo que están cobrándole es el Impuesto sobre Donaciones.
Constituye la base imponible del impuesto el valor neto de los bienes y derechos adquiridos.
La cuota tributaria se obtendrá aplicando a la base imponible la escala de gravamen fijada en la ley de impuestos.
Puede consultar con nuestro despacho y atenderemos su caso con especialistas en la materia.
Saludos

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LABE Abogados

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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Estimado cliente: Nuestro bufete tiene un magnífico equipo de gestores que si lo desea puede solucionarle este asunto de forma rápida y sencilla. Debe abonar el TPO por la compra de la vivienda y el ISD por la donación.

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Abogados Cádiz

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Abogado de Cádiz especializado en Derecho Extranjería

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Por donar hay que pagar el impuesto de donaciones, es una donación y es una opción cara.
Debe pagar los impuestos.

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