Incumplimiento contrato privado construcción

Como autopromotor, contraté a un arquitecto, a su ingeniero aparejador y firmé con cierta constructora en 2019 contrato privado de construcción de mi vivienda con plazo máximo de ejecución de 11 meses. La constructora acumula retrasos y lo excusa con COVID-19, enfermedad de sus trabajadores y necesidad de dinero semanalmente para pago del material y a sus empleados. En contrato privado queda recogido que se le pagaría por certificaciones mensuales del aparejador. Actualmente, ejecutado el 50% del total, permanecen trabajando solo 2 operarios y hay días que ni aparecen por la finca o se van a media jornada. El contrato contiene una penalización de 100€/día que debe deducirse de la última certificación. Ha generado daño familiar y económico derivado de dichos retrasos y no hay expectativas de que se acelere la ejecución. Ha sobrepasado los plazos de la licencia y tendrá un coste su ampliación. Si resuelvo el contrato y firmo con otra constructora, me costará más caro el resto de la ejecución (2 años más tarde) y no sé si tendría derecho a penalizar los 100€/día. Además, tras indicarle al constructor que no está cumpliendo el contrato, este me dice que él no ha firmado el contrato. Revisando el contrato, el constructor ha firmado en la última página del contrato (página. 7) y en los ANEXOS referidos a los proyectos, la planificación de ejecución y el acta de replanteo y comienzo de la obra (en la página que refiere a la multa por retraso no se ha firmado). Me amenaza con que el contrato no tiene validez.
¿Qué puedo hacer? ¿A qué tengo derecho? ¿Cómo debo proceder?

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado divorcio Algeciras - Davinia Ribeiro Gómez
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Buenas tardes, que la rúbrica de los contratantes no se haya estampado en todas las hojas del contrario no significa que el mismo no tenga validez. La tiene, y por tanto, expresa la voluntad de las partes y los derechos y obligaciones por la que deberá regirse la relación contractual. Si puede suscitar un problema, y es que, en cuanto a la impugnación de tal documento por la parte contraria, probar las intenciones de las partes deberá complementarse además con otros medios de pruebas. Por lo tanto, mi recomendación es que inicia acciones legales por incumplimiento contractual y reclamación de cantidades. Espero serle de ayuda. Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Urbanismo Cádiz JRG Abogados
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Buenas tardes

Para darle una respuesta adecuada tendría que conocer el contenido del contrato. En todo caso, lo habitual es que se pague contra certificación, puede haber un adelanto para la primera, pero sólo eso. Respecto al contrato, si él dice que no lo ha firmado, hay un problema y es que no hay voluntad de cumplirlo, por lo que habría que ver si no le compensa contratar a otro constructor, pero para eso necesita saber más detalles.

Un saludo

Juan R Gimenez

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