Indefensión ante los servicios sociales
ANA MARIA CORCHETE RICO, ASESORÍA Y DEFENSA JURÍDICA, MEDIACIÓN
Abogado de Valladolid especializado en Derecho Penal Común
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Mejor respuesta según autor
Buenas tardes, para poder darle una respuesta necesitaría conocer más datos, conocer el contenido de la resolución por la que le han concedido la pensión, así como posibles bienes o deudas de la herencia que menciona a fin de poder ofrecerle una respuesta más concreta, quedando a su disposición.
ABOGADO RECLAMACIONES BANCARIAS ZAMORA Talón & Turiel
Abogado de Zamora especializado en Derecho Administrativo
La Junta no le obliga a renunciar a la herencia, pero sí tendrá en cuenta los rendimientos que obtenga de ella, para comprobar si sigue cumpliendo la carencia de recursos económicos para tener derecho a la pensión.
Por lo tanto lo que tiene que valorar es la renta que va a tener en cada ejercicio económico como consecuencia de la aceptación de la herencia.