Indemnización por despido en declaración de la renta.
Respuestas de otros profesionales:
Basic
Contestado
Buenas tardes:
Los despidos posteriores al 8-Julio-2012 pueden estar exentas de retención en IRPF, si se acordaron en conciliación administrativa ante el CMAC o ante el órgano judicial; a falta de ese acuerdo o de sentencia, entiendo que están sujetos a retención.
Si el despido es anterior a esa fecha, estaría exento.
Salvo mejor opinión
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
contacte con este Abogado