Declaración de la renta: pensión compensatoria y de alimentos

Hola,

Cobro una pensión compensatoria después de mi divorcio y una cantidad como pensión de alimentos para mis hijos menores de edad, de los que tengo la custodia. ¿Debo declararlo en la Renta?

No sé si tengo que incluir en la declaración de la renta las cantidades que recibo por pensión compensatoria y por pensión de alimentos.

Gracias

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Abogado de Familia Burgos - Carlos Javier Gil Sevilla
Contestado

Buenos días,

En el caso de la Pensión Compensatoria si deberás tributar la cantidad que recibas. En el caso de que dicha pensión la hayas recibido como una prestación única podrás calificarlo como una renta irregular por lo que podrás realizar una reducción del 40%.

En el caso de la pensión de alimentos a favor de los hijos menores no hay que realizar tributación alguna.

Un cordial saludo,

Carlos Javier Gil Sevilla

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