Indemnización por impago de liquidación en despido
Abogado Laboralista Tarragona HL ADVOCATS
Abogado de Tarragona especializado en Derecho del Trabajo
Buenos días. En cuanto al despido, el hecho de que Ud. haya firmado la carta no implica su conformidad con el mismo. No obstante, al respecto, nada podemos decirle por insuficiencia de datos. En cuanto a la liquidación, y si la empresa no se la pagará, Ud. tiene un año para reclamarla, junto con un recargo del 10% anual por demora. Muchas gracias. HLADVOCATS.COM
Buenos días estimado consultante,
Debe conocer que tiene un plazo de 20 días desde la recepción de la carta de despido para interponer una conciliación de reclamación de cantidad, a fin de cobrar su liquidación.
Si desea ampliar la información póngase en contacto con nuestro despacho.
Reciba un cordial saludo,
María García Parla
-Abogada-
ABOGADO DIVORCIO OVIEDO GONZALEZ LAVIADA ABOGADOS
Abogado de Oviedo especializado en Derecho de Familia
La liquidación tiene el mismo régimen que los salarios si estamos hablando de un despido improcedente . Tiene usted que interponer demanda por despido en un plazo de20 días y la liquidación reclamarla también judicialmente. Si no se la abonan tiene un año para reclamar . Genera intereses pero no indemnización.
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