La respuesta a tus dudas legales

Indemnización por despido objetivo

Mi jefe me ha dicho verbalmente el 31 de enero que va a cerrar la empresa.
No me ha dado ninguna carta de despido y tampoco me ha liquidado el finiquito ni la indemnización que me corresponde (20 días por año).
Me ha dado el certificado de la empresa y una copia donde está la cantidad que me corresponde de indemnización y de finiquito.
La copia de la empresa la he firmado y he puesto no conforme porque me ha dicho que no tiene dinero para pagarme que de eso se encarga FOGASA.
¿Qué debo hacer?
¿Le podría demandar por despido improcedente al no haberme entregado la carta de despido?
¿al hacerlo cobraría lo que me corresponde de indemnización?

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Abogado Laboral LaboralClic
Contestado hace 11 años

Estimado señor,
por lo que cuenta su situación tiene todas las características de un despido un tanto irregular, posiblemente improcedente; habría que analizar en detalle las causas y si cumple los requisitos formales.

Por otra parte cabría la impugnación del despido pero es importante hacerlo cuanto antes (plazo de 20 días) . Por otra parte tendría derecho a los salarios devengados durante ese tiempo.

Desde nuestro despacho tenemos mucha experiencia en tramitar temas como el suyo. Si necesita información adicional , no dude en ponerse en contacto con nosotros. Un saludo.

jcasanovas@iberlegis.com

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado en Guadarrama Cristina Martín Sanz

Abogado en Guadarrama Cristina Martín Sanz

Abogado de Guadarrama

VER PERFIL
Contestado hace 11 años

Estimado Sr.,

Lo importante en su situación es que no deje pasar el tiempo legal para reclamar el despido que es de 20 días. Después, la empresa tendrá que probar si efectivamente es insolvente para que el fogasa se haga cargo de la parte que le corresponde. No obstante, como poco contará con un despido objetivo que son 20 días por año contratado con máximo de 12 mensualidades.
Para cualquier aclaración, no dude en contactar con nosotros sanzylluchabogados@icam.es Parla

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
V Abogados

V Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho Concursal

VER PERFIL
Contestado hace 11 años

La insolvencia alegada no resulta probada, por lo que dadas las irregularidades cometidas en su despido, lo más conveniente sería impugnarlo en el plazo de 20 días hábiles y obtener la máxima indemnización legal. Si desea ampliar información, no dude en contactar con nosotros, tenemos amplia experiencia en asuntos parecidos al suyo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Premium
Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
Contestado hace 11 años

Por su relato, le sugiero que demande por el despido, habida cuenta que no se han cumplido los requisitos formales básicos exigidos ni se acreditan las causas materiales del mismo. Circunstancias que podrían justificar el carácter improcedente del despido.
Jesús Villodre

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado