Indemnización por despido por causas objetivas

Pregunto, si por el simple hecho de incluir en la carta de despido que el FOGASA se hará cargo de 8 días de la indemnización, ¿haría que el despido fuese declarado como poco improcedente?

Despido el 31/01/14.

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Contestado

Como me imagino conoce , y de ahí la pregunta , la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014 nos ha traído la eliminación del pago por parte del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) en las empresas de menos de 25 trabajadores de los ocho días que se venían abonando tanto en los despidos objetivos como en el marco de los despidos colectivos (ERE). Si tenemos en cuenta que con la carta de despido tiene la empresa , por imperativo del art 53 del ETT, de poner a disposición del trabajador , simultaneamente la indemnizacion ( salvo que haya justificado su imposibilidad ) , podriamos entender que existe un despido improcedente al no haber cumplido con los requisitos del citado art 53 del ETT. Un saludo

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