Indemnización de sentencia

El 15 de junio recibí la sentencia firme la cual no cabe recurso. Condenaron ala compañía del ayuntamiento a pagarme una indemnización y a día de hoy no se nada dado que agosto es inhábil pero ya han pasado los 21 días de plazo. ¿Una compañía no creo que de lugar a la ejecución. ¿Qué se puede hacer?

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Una compañía y también una Administración puede dar lugar a la ejecución y, de hecho, en muchos casos así sucede. No obstante, hable con el abogado de la otra parte o directamente con la mercantil condenada para interesarse por el pago de la indemnización que le tienen que pagar y verifique que el plazo que comenta ha pasado, tal vez así pueda saber de primera mano qué pasa y pueda evitar la ejecución que tendría que promover si se sigue demorando el pago más allá del plazo que se tiene para pagar voluntariamente.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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GONZALO & GONZALEZ ABOGADOS

GONZALO & GONZALEZ ABOGADOS

Abogado de Fuengirola especializado en Derecho de Familia

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Todavía pueden estar en plazo de pagar, según de cuando se lo hayan notificado y considerando que agosto es inhábil, en caso contrario, deberá de solicitar la ejecución de la sentencia.
Un saludo y gracias.

Roberto Gonzalo
Gonzalo & González Abogados

Gestiones Gonzalo

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Abogado Divorcios Albacete Antonio López-Bleda Precioso
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Lo que procede es iniciar el correspondiente procedimiento de ejecución.
Saludos.

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Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
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Debería iniciar el procedimiento de ejecución para el cobro de lo adeudado.

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