¿le corresponde a mi hijo alguna indemnización del ayuntamiento?
Asier Iglesias Servicios Jurídicos
Abogado de Donostia-San Sebastián especializado en Derecho Civil
Estimado Usuario,
Espero que su hijo este bien, y ya esté totalmente recuperado.
Le resumo como idea general: Tiene que saber que el plazo para reclamar es de 1 año desde que su hijo esté totalmente recuperado o la lesión se estabilice.
Para reclamar a la administración han de darse una serie de requisitos y tenga en cuenta que la responsabilidad patrimonial es directa y objetiva es decir, por norma general no debería ser necesaria culpabilidad de la administración.
Le redacto brevemente los requisitos que han de cumplirse para poder reclamar. Si necesita un tratamiento más personalizado a su caso concreto no dude en contactar conmigo. Le atenderé sin ningún compromiso.
Requisitos:
a) Una actuación de la Administración derivada del funcionamiento de los servicios públicos.
b) La existencia de un daño efectivo, evaluable económicamente e individualizado en relación a una persona o grupo de personas.
c) El daño ha de ser antijurídico, en el sentido de que la persona que lo sufre no tenga el deber jurídico de soportarlo de acuerdo con la ley.
d) La relación de causalidad entre la actividad administrativa y el resultado dañoso. En definitiva el daño debe ser consecuencia del funcionamiento normal o anormal de un servicio público o actividad administrativa.
e) Ausencia de fuerza mayor.
f) Que la reclamación se efectué en el plazo de un año desde que se produce el hecho o el acto que motiva la indemnización o se manifieste su efecto lesivo. En el caso de daños de carácter físico o psíquico a las personas el plazo empezará a computarse desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas.
Puede contactar a través de mi web www.asieriglesias.com donde encontrará mis datos de contacto.
Un Saludo.
Abogado Urbanismo San Sebastián / Donostia - Jesús Rodríguez Pousa y Asociados
Abogado de Pasaia
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Es perfectamente factible solicitar responsabilidad patrimonial al ayuntamiento; pero es necesario acumular algunas pruebas; las de los médicos por supuesto; pero también fotografias del lugar del accidente y testimonios de personas que estuviesen en el lugar en el momento del accidente. El procedimiento es muy especializado y nosotros somos especialistas (en luchar contra los abusos de las administraciones públicas); le aconsejo que se ponga en contacto con nosotros o en el correo electrónico jrodriguez@icagi.net
ABOGADO CIVIL GUIPÚZCOA JORGE IMAZ BOLINAGA
Abogado de Eibar especializado en Derecho Civil
Hola, soy Jorge Imaz, abogado de Eibar. Es fundamental que fotografiéis el estado del parque, el punto donde está cedida la goma, para poder aportar a la reclamación al ayuntamiento. También es muy importante que tengáis testigos: personas que vieron cómo se produjo el accidente, y personas que vean ese punto del parque en el que la goma ha cedido, y puedan luego declarar como testigos. Por supuesto que tenéis derecho a indemnización, por mal funcionamiento de los servicios de la Administración; en este caso, el ayuntamiento. Un saludo.
Abogada de Divorcios en San Sebastián Donostia LOURDES EMPARANZA
Abogado de Donostia-San Sebastián especializado en Derecho de Familia
Se puede formular una reclamación en via administrativa ante el Ayuntamiento correspondiente, con el parte médico, con la foto del lugar y los testigos pertinentes. Pero para eso hay que saber qué se va a reclamar ,si el niño tiene alguna secuela.
ES necesario demostrar que ha sido la goma en cuestión el origen del daño .Los ayuntamientos en general suelen rechazar las reclamaciones y obligan al ciudadano a recurrir ante los Juzgados contencioso administrativos. Sugiero la busqueda de un profesional especializado en esa materia
Q & AVMED
Abogado de Donostia-San Sebastián especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
En respuesta a su consulta formulada indicarle que, en efecto, Ustedes tiene derecho a una indemnización. Pero para formular la consiguiente reclamación se deben aportar todas las pruebas posibles, entre éstas: Informe médico o de consulta de urgencias, indicar los días si los ha habido de innasistencia al colegio, unas fotografías del lugar del accidente, testigos presenciales, etc.
Sin ningún compromiso, nos ofrecemos a asesorar y tramitarle el asunto.
www. avmed.es
malen.quiles arrobaicagi.net
Buenos días
Pero lo importante es saber si el mal estado de la goma provoco la caída a fin de establecer la preceptiva relación de causalidad y proceder a reclamar por responsabilidad patrimonial de la administración
No dude en ponerse en contacto con nosotros
ABG2 Abogados
www.abg2abogados.es