¿Me conviene devolver mi liquidación por despido?

Trabajé en una empresa en julio del año pasado y he recibido una carta del juzgado para que devuelva mi despido involuntario.

La cuestión es que no era socia ni consejera, me sentaron en una sala y me comentaron que la empresa tenía problemas económicos y que me tenían que despedir. Me presentaron liquidación y la firmé, cobré a los siete días y ahí terminó todo.

Lo que me he enterado leyendo la carta ahora es que a otros compañeros que despidieron no los liquidaron, ya que no tenían suficientes fondos para todos.

La cuestión es si me recomiendan que devuelva mi liquidación, y en ese caso, de dónde cobraría yo mi correspondiente liquidación, si de FOGASA, de la empresa (que está en concurso) o de los socios de la misma.

Gracias.

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Buenos días, previamente habría que ver la carta del juzgado donde le indican que tiene que devolver dicha cantidad, puesto que si el juzgado se lo indica no puede contradecirlo. De todas formas habría que ver dicho documento para poder asesorarle. En caso de tener que devolver dicha cantidad, habría que estudiar el asunto, puesto que si la empresa es insolvente, tal y como explica que está en concurso, habría que interponer escrito para que FOGASA se hiciera carta de dicha cantidad, pero como ya le comento, hay que estudiar su caso. Si le parece oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, podemos concertar una cita en mi despacho y estudiar su asunto. Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Buenas tardes, para poder darle un asesoramiento con mayor detalle habría que ver el contenido de esa diligencia o auto del Juzgado en el que se le solicita que devuelva dicha indemnización, lo cual no es nada habitual. En cualquier caso, los autos, diligencias, sentencias, etc que emita el Juzgado son de obligado cumplimiento.

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No entiendo la pregunta.
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