¿Me conviene devolver mi liquidación por despido?
Abogado arrendamientos Madrid - Cristina Amor Barrado
Abogado de Leganés especializado en Derecho de Familia
Buenos días, previamente habría que ver la carta del juzgado donde le indican que tiene que devolver dicha cantidad, puesto que si el juzgado se lo indica no puede contradecirlo. De todas formas habría que ver dicho documento para poder asesorarle. En caso de tener que devolver dicha cantidad, habría que estudiar el asunto, puesto que si la empresa es insolvente, tal y como explica que está en concurso, habría que interponer escrito para que FOGASA se hiciera carta de dicha cantidad, pero como ya le comento, hay que estudiar su caso. Si le parece oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, podemos concertar una cita en mi despacho y estudiar su asunto. Un saludo.
Buenas tardes, para poder darle un asesoramiento con mayor detalle habría que ver el contenido de esa diligencia o auto del Juzgado en el que se le solicita que devuelva dicha indemnización, lo cual no es nada habitual. En cualquier caso, los autos, diligencias, sentencias, etc que emita el Juzgado son de obligado cumplimiento.
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ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común
No entiendo la pregunta.
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