¿Me corresponde indemnización?

Hola. Trabajo desde hace cinco años en una peluquería y van a cerrarla por pérdidas en la empresa, mi pregunta es si me corresponden los cinco años de indemnización (o solo un año) y si me corresponde el paro. Gracias.

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LABORALIUM

LABORALIUM

Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Derecho Laboral

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Buenas tardes. Cuando se produce un despido, el trabajador debe ser indemnizado según la antigüedad que tenga en la empresa. Usted debe ser indemnizada por los 5 años que lleva trabajando. La indemnización es de 45 días por año trabajado hasta el mes de febrero de 2012, y a partir de esa fecha, la indemnización se calcula a razón de 33 días por año de trabajo.
Por supuesto que tiene derecho a cobrar el desempleo, ya que al ser despedida usted queda en situación legal de desempleo. Le recomiendo que acuda a un abogado cuando la despidan, a fin de que compruebe que le han pagado la cantidad legal y conforme a la modalidad de despido correspondiente, y que le asesore sobre la posibilidad de demandar contra el despido, en su caso. No firme el finiquito, salvo que le paguen en el momento la cantidad que consta en el mismo, y haciendo constar en el mismo la expresión "no conforme". Saludos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Pedro J. Márquez.

Pedro J. Márquez.

Abogado de Cartagena especializado en Despidos

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Tienes derecho a paro, a razón de 1 mes de paro por cada 3 cotizados hasta un máximo de dos años.
En cuanto al despido, si es procedente, es decir, la causa (pérdidas) está justificada, te corresponden 20 días por año trabajado del sueldo de tu última nómina.
Si las causas no están justificadas, el despido sería improcedente y te corresponderían 45 días por año hasta febrero de 2012 (la reforma famosa) y desde entonces hasta el despido 33 días por año.
Lo normal es que la empresa te pague como despido procedente y si no estás de acuerdo porque crees que la causa no se justifica, lo impugnes en el juzgado y pidas la indemnización de despido improcedente.
Ojo: el plazo para impugnar el despido son 20 días y agosto cuenta.
Si deseas un estudio detallado de tu caso llámanos al despacho y concierta una cita. Estamos en Cartagena.

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