Me denegaron una solicitud de título extranjero ¿debo concurrir a Tribunales?
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Muchas gracias por contactar con nosotros. Partiendo de la base de la información que nos facilita, solamente cabria recurso ante los Tribunales.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
El acto administrativo es definitivo, por lo que si desea impugnarlo sólo le queda la posibilidad de interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde que le fue notificada la desestimación del recurso que presentó, el cual se cuenta de fecha a fecha, por lo que el plazo finaliza el mismo día del segundo mes siguiente al de la notificación (es decir, si la notificación ha tenido lugar el 5 de septiembre por ejemplo, el plazo finalizaría el 5 de noviembre). No obstante, lo importante es valorar la viabilidad de su pretensión y, por lo tanto, qué posibilidades tiene en el ámbito judicial de que le den la razón, ya que en otro caso perderá tiempo y dinero. Por ello, le recomendamos que busque un abogado que le informe sobre dicho particular, aunque le cueste la consulta, ya que más vale perder que más perder.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Efectivamente, considero que tan solo se puede ir a los tribunales, en este caso plantear un Contencioso-Administrativo ante la Audiencia Nacional, pero para ello le sugiero que se mueva rápido y que un abogado especializado en derecho administrativo estudie los antecedentes y vea la viabilidad que tiene. Tenga en cuenta que para homologar un título se comparan programas: los del Estado Español y los del Estado Extranjero, y si hay grandes diferencias entre disciplinas es difícil ganar.
ABOGADO EXPROPIACIONES BARCELONA - CUCH AGUILERA LEGAL
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Urbanístico
Buenos días,
Si se trata de la respuesta a un recurso de alzada quedaría todavía la posibilidad de un recurso de reposición (potestativo) ante el mismo órgano en el plazo de un mes. Pero si la resolución responde a un recurso de reposición, le confirmo que sólo queda la vía judicial para reclamar.
Buena suerte.
Saludos.
Advocat Girona AC ABOGADOS Y MEDIADORES
Abogado de Girona especializado en Derecho de Familia
Buenos días, compartimos la tesis de nuestros compañeros. Para poder darle más información sobre el caso concreto tendríamos que saber más información y valorar la resolución. Si desea realizar recurso tenga en cuenta los plazos, no espero demasiado.
Estimado cliente: Con lo que usted relata sólo puede interponer recurso contencioso-administrativo en los tribunales. Le aconsejo que se asesore de un abogado para que le ayude en este procedimiento.
BUFET JURÍDIC INTERNACIONAL VIDAL i CARDONA
Abogado de Vilassar de Dalt especializado en Derecho Internacional
Si solo lo queda el recurso a los tribunales. Para asesorarle mejor de las posibilidades de éxito, deberíamos saber el motivo de la denegación.