Me dio positiva la prueba de drogas pero no había consumido ¿es justo?

Buenos días. Comento lo siguiente. Ayer me pararon por la mañana y me hicieron pruebas de drogas, dando positivo en THC. Le pregunté al guardia si había cometido alguna infracción y me dijo que no, le comenté que soy consumidor pero en ningún momento fumé, me dijo que tampoco me veía indicios de haber consumido. Me metieron una multa. Yo creo que como consumidor eso esta en el organismo y que no se quita en días. Para más, me pone en la multa circular con el vehículo reseñado con presencia de drogas en el organismo, solo di THC no todas las drogas. ¿Se puede recurrir esta multa ya que no cometí infracción alguna en ningún momento? Creo que no es justo.

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Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
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El agente ha impuesto una sanción administrativa. Este tipo de infracción se califica como tal por el solo hecho de haberse detectado la presencia en el organismo de drogas, dado que en el caso de que se le hubiera detenido por realizar algún tipo de maniobra o conducción sospechosa, el hecho sería calificado de delito y no de sanción administrativa.
Es decir, la presencia de drogas en el organismo (sin límites mínimos y sólo con la presencia de los mismos detectados a través de la correspondiente prueba) puede determinar dos tipos de infracciones: delito cuando ha habido una conducción que puede suponer peligro para la seguridad vial, o una infracción administrativa cuando no existiendo riesgo en la conducción se detecta la presencia de drogas.
La Ley de Seguridad Víal en su artículo 65.5 c considera infracción muy grave la de conducir por las vías objeto de esta ley con tasas de alcohol superiores a las que reglamentariamente se establezcan, o con presencia en el organismo de drogas. Es decir, la presencia de drogas no se condiciona a ningún tipo de límite mínimo, sino que se sanciona con su sola presencia en el organismo determinada a través de la correspondiente prueba.
La sanción impuesta de 1000,00€ obedece a lo que al efecto señala el artículo 67. 2 que determina que las infracciones previstas en el artículo 65.5.c) y d) serán sancionadas con multa de 1.000 euros. Y la pérdida de 6 puntos se recoge en el Anexo II de la citada Ley de Seguridad Vial.
Como verás, se sanciona la presencia de drogas en el organismo sin establecer límites mínimos en el cuerpo y con una calificación de infracción muy grave con multa de 1000,00€ sin ningún tipo de graduación.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Gandía - Daniel Furió Moncho

Abogado Gandía - Daniel Furió Moncho

Abogado de Gandia especializado en Derecho Concursal

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En primer lugar , indicarle que todas las multas se pueden recurrir. Imagino que en la multa le conceden plazo para realizar alegaciones ,por tanto,cumpliendo dicho plazo , podrá manifestar su disconformidad con la multa y proponer prueba en su defensa,como la solicitud de informes que acrediten que el test funciona correctamente así como el peso , tipo de droga etc...Para más información no dude en contactar con nosotros.

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Abogado divorcios Zafra Raquel Morán Contreras
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L a pregunta es muy confusa, en cierta medida intentare respon der, si conducías bajo los efectos de la droga o del alcohol eso es lo que se condena.

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