¿Me pueden quitar la custodia de mi hija y pasar a ser custodia compratida con el padre?

En febrero de 2016 el padre de mi hija y yo firmamos un convenio regulador ante un juez en el que acordábamos de mutuo acuerdo que la custodia me correspondía a mi, y que el padre debería pasarme pensión alimenticia por la niña y tendría sus horarios de visita para ver a su hija. Todo esto se ha ido cumpliendo estos meses..pero ahora dice mi ex que quiere la custodia compartida, que quiere tener a la niña en el día a día y por tanto no tener que pasarme la pensión. A mi esta idea no me gusta nada ya que me parece fuera de lugar que una niña de 4 años viva sin su madre todos los días y que tenga que "mudarse de casa" cada semana o cada quincena con todo lo que conlleva en cuanto a la educación de la pequeña.
Por tanto me gustaría saber si esto que mi ex pareja intenta llevar a cabo se puede hacer sin mi consentimiento y sobretodo después de haber firmado él otro acuerdo totalmente distinto.

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Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
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Su expareja puede solicitar que se modifique la guarda y custodia y pase a ser compartida. Dado que no hay acuerdo, iniciaría un procedimiento donde usted puede oponerse alegando circunstancias que acrediten que perjudiquen al menor. No obstante, le adelanto que el Tribunal Supremo cuenta con sentencias que señalan que dicha custodia compartida es buena para el desarrollo del menor, con carácter general. No obstante, los Equipos Psicosociales de los Juzgados examinan al menor y sus padres para determinar si esa medida es conveniente para los intereses del menor e incluso pueden fijar cual es periodo de estancia más recomendable con cada progenitor para dotar a la menor de cierta estabilidad.

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Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
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Buenas tardes. En primer lugar, poner en su conocimiento, que siempre que las circunstancias que originaron la sentencia hayan cambiado de forma sustancial, se puede intentar modificar dicha sentencia ( convenio) mediante una demanda de modificación de medidas. Eso sí, siempre que se acredite dicha modificación sustancial de las circunstancias que originaron la sentencia, y sobre todo habiendo sido mediante convenio consensuado. Por otro lado, si bien es cierto que cada vez más, los jueces tienden a conceder custodia compartida, es imprescindible salvaguardar el interés de la niña, principio incluso superior a cualquier ley o precepto legal. Son temas que hay que llevar con mucha cautela, ya que cualquier inprecisión probatoria puede ir en su contra

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Lopez Sanchez Abogados

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Abogado de Betanzos especializado en Derecho Civil

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El padre de la menor puede solicitar mediante procedimiento judicial una modificación del convenio regulador aunque va a tener que alegar una modificación de las circunstancias, y mas siendo tan reciente la anterior sentencia de guarda y custodia.

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ABOGADOS MAJANO

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Abogado de Toledo especializado en Derecho de Familia

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Estimada señora:

En existe un procedimiento judicial específico para modificar las medidas acordadas en una sentencia matrimonial. A través de ese procedimiento, que debería iniciar con una demanda, podría pedir la modificación de la custodia, pero tendría que acreditar las razones por las que ello sería más conveniente para la menor. En todo caso, nosotros llevamos ese tipo de asuntos es nuestro despacho con mucha frecuencia, por lo que podríamos ayudarle en caso de que recibiera esa demanda. Si así ocurriera, puede contactar con nosotros a través de nuestra web o teléfono y le ayudaremos gustosamente. Un saludo.

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RABINES ABOGADOS

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Abogado de Toledo especializado en Derecho Extranjería

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Hola soy la abogada Kelly Rabines en principio no son tan fáciles las modificaciones de medidas reconocidas en sentencia, se debe probar que los motivos por los cuales ustedes firmaron el convenio regulador han cambiado sustancialmente y por lo general no es fácil esa prueba. Además a ello sumar que los juzgados son muy reacios a cambiar la vida del menor.
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BUFET JURÍDIC INTERNACIONAL VIDAL i CARDONA
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Su ex puede plantear una demanda de modificación de medidas. Usted podrà oponerse y es el juez el que decidirà si hay motivo para cambiar la custodia no.

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