Me quieren despedir estando de baja y embarazada.
Estimada amiga, como bien dicen mis compañeros el despido planteado en los términos que usted ha expresado sería en principio nulo, no improcedente, ya que supone una vulneración de sus derechos fundamentales por constituir un claro supuesto de discriminación. La nulidad significa que en última instancia deberán reincorporarla a su puesto de trabajo, abonarle los salarios de trámite, y hacer frente a una posible sanción de la inspección de trabajo. Incluso si el contrato fuese de carácter temporal, la no renovación puede dar lugar en ciertos supuestos a la nulidad.
El despido de una mujer embarazada, es nulo de pleno derecho, salvo que el despido sea declarado procedente si ha cometido faltas no ligadas a su situación de embarazo. En caso contrario, deberán reintegrarla en su puesto de trabajo y abonarle los salarios dejados de percibir.
Pero tenga en cuenta que el plazo para impugnar el despido son veinte días.
Hay que distinguir si es terminación de contrato o despido. Habría que examinar el asunto más despacio para poder darle una respuesta adecuada. A su disposición.