¿Me tienen que dar 12 días por año trabajado si se me acaba el contrato?
Todo contrato temporal, salvo los de formación, en prácticas o de sustitución (interinidad) cuando termina conlleva la obligación del empresario de una indemnización por finalización de contrato que es de 12 días, salvo que el convenio colectivo establezca una superior.
Ahora bien, eso será siempre que la causa detallada en el contrato sea concreta, determinada y real, ya que sino, el contrato sería catalogado como indefinido y el fin de contrato se convierte en un despido, que dará derecho al pago de la máxima indemnización.
CW Abogados
Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Despidos
Buenos días, depende del contrato temporal que tenga. Hay contratos temporales, como el de interinidad o sustitución que una vez terminado no lleva aparejada una indemnización por fin de contrato.
En todo caso, dado que la mayoría de los contratos temporales son considerados celebrados en fraude de ley. Le animo a que en el plazo de 20 días hábiles desde la finalización del contrato, interponga una reclamación por despido para lograr la indemnización por despido improcedente de 33/45 días.
Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
Abogado de Valls especializado en Derecho del Trabajo
Si el objeto del contrato es correcto sí, pero si el mismo presenta irregularidades estaríamos hablando de despido improcedente, por lo que le corresponderían 33 días por año trabajado. En estos casos, lo aconsejable es revisar también sus nominas y convenio colectivo, ya que gran parte de las veces algunas empresas no abonan lo que procede.
TARINAS GRUP
Abogado de Calella especializado en Derecho del Trabajo
Eso es así en caso de contrato temporal. Pero las cosas son lo que son. Con ello quiero decir que quizás usted no tiene un contrato temporal, a pesar de que en un papel así lo dice. Para que sea temporal deben cumplirse determinados requisitos. No es un contrato temporal sino indefinido, le podría corresponder una indemnización de 33 días por año trabajado.
Abogado Compra Venta de Empresas Barcelona Javier Santos Giralt
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil General
sí, su contrato es temporal si,( y la temporalidad debe estar marcada en su contrato), en caso de que no esté indicada la temporalidad, cabe la posibilidad de que podría ser indefinido, (aunque seria necesario poder examinar el mismo), si fuera así, le pertenecerían 33 días por año, al considerarse este un despido improcedente.
En principio si tienen que indemnizarle, pero para establecer el número de días por año trabajado tendría que conocer cual ha sido su contrato. En principio serían 12 días por año trabajado aunque si su contratación ha sido irregular podrían corresponderle 33 días por año trabajado.
Abogado Indemnización por despido Barcelona Marben Abogados
Abogado de Barcelona especializado en Despidos
En principio sí, pero si pudiera ver el contrato es posible que la temporalidad no esté justificada debiendo ser indefinido. Entonces, serían 33 días por año porque sería un despido improcedente.
Viendo el contrato podría confirmarlo.