Mi ex mujer no paga la mitad de la hipoteca que le corresponde de la vivienda familiar, que usa ella. ¿Qué ocurre si yo dejo de pagar la mía?
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Debería consultarlo con el abogado que le llevó el caso pues dispone de amplia información al respecto, no obstante indicarle que si ninguno paga la hipoteca, el banco ejecutará dicha garantía, con las consecuencias que ello pueda conllevar de pérdida de la vivienda, de las cantidades amortizadas, que no sabemos si es mucho o escaso su importe, situación de los hijos, etc.. El perjuicio dependerá del valor del piso y de cuanto se haya pagado; tenga en cuenta que al estar ya fuera del régimen económico familiar, cada uno se hará con la parte que haya abonado del piso, en el momento de su hipotética venta. Por lo que se refiere a la contribución, entiendo que se refiere al IBI, serán Vds. tributarios de su abono mientras sean titulares de la vivienda, dicho crédito puede la administración hacerlo efectivo ejecutivamente mediante embargos, etc., pues está al margen de las obligaciones respecto del banco. Los embargos pueden serlo de su nómina dejando libre el SMI y a partir del mismos por tramos deduciendo unos porcentajes. Le conviene comentar son su ex pareja el asunto planteando las soluciones posibles, si las hay, o en otro caso acudir al juzgado. Espero haber sido útil, un cordial saludo.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
El asunto es que si ni usted ni su mujer pagan el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza Urbana, el Ayuntamiento tiene facultad para embargar el piso. Y si no se paga la hipoteca el Banco puede, también embargar el piso. Es más, cabe la posibilidad de que se les incluya en un listado de morosos y de que no puedan pedir crédito alguno.