Mi hijo quiere vivir conmigo
Abogado Antequera - David Granados Espinar
Abogado de Antequera especializado en Derecho de Familia
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Tendría que solicitar una modificación de medidas, de tal modo que seguirá pagando la pensión para el hijo de15 años y Ud pediría s favor de su hijo de 18 años una pensión a la madre. El importe de una u otra pensión pueden diferir en base a las necesidades de cada hijo y capacidad económica de los progenitores
ABOGADO MÁLAGA - MESTANZA VILLAR MUÑOZ S.C.P.
Abogado de Málaga especializado en Responsabilidad Civil
Si la guardia y custodia está atribuida al otro cónyuge, y uno de los hijos va a cambiar su residencia e irse a vivir con Vd., habría que solicitar al Juzgado una modificación de medidas para que esta circunstancia quedara adecuadamente recogida, con sus correspondientes consecuencias jurídicas y económicas.
Por el otro hijo habría que seguir pasando la pensión alimenticia que pueda corresponder, que habría de ajustarse por el juzgado en la modificación de medidas que se proponga.
JUAN PÉREZ ARANDA
Abogado de Fuengirola especializado en Derecho de Familia
Es necesario solicitar al Juzgado una modificación de medidas que, como se ha mencionado anteriormente, se puede hacer de forma contenciosa, o bien de mutuo acuerdo.
Obviamente, la segunda opción es la más recomendable, porque además de asegurar el resultado mediante la negociación correspondiente, es más económica (dicha modificación de medidas, se puede presentar ante el Juzgado con un solo abogado y procurador).
Saludos cordiales.
ABOGADO DERECHO INFORMATICO MALAGA ENRIQUE JURADO GRANA
Abogado de Málaga especializado en Derecho Civil General
Si lo ha establecido así una resolución judicial, tendría que seguir pagando la pensión de su hijo de 15 años. Existen muchas situaciones diferentes en las que la solución podría ser distinta, si lo desea puede llamar al 952 21 33 13 para una consulta gratuita en la que pueda darnos más datos sobre el asunto.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Claro, el de 15 necesita medios para poder vivir, aunque cabe compensar ambas pensones; se impone una modificación de las medidas, bien de mutuo acuerdo, bien de forma contenciosa, para lo que precisará abogado que le dfienda, saludos.
si, pero si tambien quiere vivir con usted puede solicitar la custodia o la custodia compartida que elimina la pension