Mi marido no paga la pensión alimenticia pero me reclama dinero ¿puede hacer eso?

Mi ex-pareja y yo nos separamos hace unos meses y él tiene unas medidas provisionales, tiene que pasar la manutención a su hija y no la ha hecho aún, le debe 3 mensualidades. He recibido una denuncia por parte de él, ya que me quedé con el dinero de la cuenta corriente. ¿Qué pasa ahora con ese dinero y con el de la pensión? Luego, él cobró dinero de un accidente, el cual puso a nombre de los dos y fue invertido en la vivienda, la cual era mía, ¿me puede reclamar ese dinero?

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Adrián Vidal

Adrián Vidal

Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho de Familia

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Buenos días, usted puede ejecutar el auto de medidas provisionales para embargarle la cuantía correspondiente a las mensualidades que debe. También puede denunciarle por el impago de pensión, pero hasta que no haya sentencia condenatoria obligándole al pago no percibirá la pensión.
Respecto a la denuncia que él le ha puesto, supongo que por apropiación indebida, habría que analizar de donde provenía el dinero de esa cuenta y el trato que le deban durante el matrimonio. El dinero que invirtió en su vivienda podría ser una donación. No obstante habría que estudiar mejor el asunto y las circunstancias.
Si lo desea puede ponerse en contacto conmigo. Saludos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogados Barcelona Tomás Dóriga

Abogados Barcelona Tomás Dóriga

Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Buenos días.

Por partes: Si él debe dinero de manutención usted lo puede reclamar judicialmente. Lo de la denuncia penal va por otro lado y las cantidades no se compensan hasta que no haya una sentencia firme que le obligue a devolver el dinero, mientras tanto puede ejecutar la sentencia para obtener el cobro, embargandole para que pague.

En cuanto al dinero que puso él, se considera que es una donación porque el no tuvo inconveniente en invertirlo en un bien suyo.

Saludos

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Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
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Son varias cuestiones las que plantea, en principio si existen medidas provisionales que fijan una pensión por alimentos, debe abonarlas y sino solicitar vd. la ejecución de estas medidas a través del juzgado que las acordó. La otra cuestión debe ser objeto de un procedimiento judicial que se llama de liquidación de gananciales, para el reparto y adjudicaciones de los bienes.
por lo tanto, si lo desea puede consultar con este despacho y le atenderemos.

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