Modificación del contrato laboral

¿Qué posibilidades tengo de recuperar mis derechos, tras firmar una modificación de contrato, tras ser presionada por mi jefa?
Tenia un contrato fijo con una escuela municipal de música de 7 años de antigüedad más 2 años con contrato temporal.
Por este contrato me pagaban una nómina de 845,64 €, (más 724 € que se pagaba en mi cuenta corriente en B).
Desde hace 2 años la directora de la escuela me ha hecho bulling.
Al comenzar este curso me citó para decirme que seguro me modificaban el contrato.
En este contrato se dice: "la situación que viene atravesando la entidad que es la bajada de matriculas en la escuela debido a la perdida de poder adquisitivo de las familias por la grave crisis, no se requieren los servicios para toda la jornada."
En la nueva nómina se me paga 383,06€ además pierdo la calidad de fija para ser Fija-discontinua. Se me continua pagando una parte en B.
Firmé presionada la modificación del contrato y las dos primeras nóminas.
Mi pregunta es: ¿qué posibilidades tengo de recuperar mis derechos?
En el momento de firmar el nuevo contrato no se me informó de cual sería mi nómina. Los otros profesores de música en mi misma situación no han perdido horas de trabajo. Según la ley, ¿a quién se le reduce el contrato por una situación de crisis?
Se me ha reducido la nomina en más de un 50%, y no es cierto que haya un 50% menos de alumnos. ¿Puedo exigir que me cambien de nuevo el contrato, diciendo que estoy dispuesta a no denunciar los pagos en B a magistratura?
Gracias

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BARCELONA - EJP ABOGADOS

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil

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El hecho de haber firmado un acuerdo de modificación de las condiciones laborales hace que el tema no sea sencillo, ya que para invalidar ese acuerdo habría que acreditar ante un juez las presiones o coacciones recibidas de la empresa, lo cual no suele resultar fácil. En cuanto al hecho de cobrar una parte en B y ser acreditable tal circunstancia, obviamente puede ayudar a formar la convicción de que la modifcación se ha hecho de forma irregular, pero sobre todo puede suponer el reconocimiento judicial de esa jornada y salario que se viene percibiendo en B, a parte de la correspondiente sanción de la seguridad social.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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LARROTCHA y DEL CAMPO ABOGADOS

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Internacional

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Muchas gracias por su consulta. para proporcionarle una respuesta apropiada deberíamos estudiar con detalle el document firmado y los documentos que prueban la situación anterior. Si lo desea puede contactarnos escribiendo a info@ldcabogados.com o llamando a los teléfonos que encontrará en www.ldcabogados.com

Gracias.

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Abogado Divorcios Hospitalet AG abogados
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Buenos días, es un poco extenso el tema, si lo deseas podemos ayudarte, primera visita gratuita.www.agabogados.cat

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