Modificación pensión alimenticia por situación laboral
Buenos días,
El convenio regulador puede modificarse siempre que exista una modificación sustancial de las circunstancias que se daban cuando se estableció el original. En este caso, el que su ex mujer haya obtenido con posterioridad un trabajo efectivamente puede suponer una reducción de la pensión alimenticia que ha venido abonando hasta ahora para sus hijos. Sin embargo, para el establecimiento de las cantidades en este concepto, se tienen en cuenta unas tablas publicadas por el Consejo General de la Abogacía que las determina en función del salario de ambos progenitores, por lo que sería conveniente averiguar el sueldo de su ex mujer antes de iniciar un procedimiento para saber si le compensaría. Por otra parte, a Usted le correspondería también demostrar tanto que su ex mujer actualmente se encuentra trabajando como el salario que viene percibiendo. Si está dada de alta, los abogados conocemos métodos para averiguar estos datos y podría probarse, aunque no de antemano a iniciar el procedimiento; si su ex mujer estuviera trabajando ilegalmente, sería Usted quien debería facilitar las pruebas que demostraran estos datos.
Esperamos haberle ayudado. Reciba un cordial saludo.
leYel Abogados.
Si no tiene la certeza de que ella está trabajando, no le recomendaría que solicitase la modificación de medidas. Caso de que su ex mujer efectivamente esté trabajando, tendríamos que sopesar además otras circunstancias para evaluar las posibilidades de éxito de la demanda: salario que ella perciba, tipo de contrato, antigüedad...
En una eventual demanda de modificación de medidas podemos pedir al juzgado que requiera a su ex mujer para que aporte su vida laboral, contrato de trabajo, nóminas, últimas declaraciones de IRPF, etc. Si la demandada no aporta al pleito esta documentación, entonces el propio juzgado puede dirigirse a la seguridad social y/o hacienda para que remitan información sobre la situación laboral y económica de su ex esposa.
Espero haberle sido de utilidad.
César Beltrán. Abogado en CEMabogados.
Los procedimientos de modificación de medidas tiene fuerza si las circunstancias reales han cambiado, en este caso, según nos comentan entendemos que si y por lo tanto cabría interponer el procedimiento. Tendríamos que ver donde trabaja ahora y una serie de datos más concretos para asesorarlo mejor, si necesita ayuda puede contactar con nosotros.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Si usted puede probar que su ex mujer trabaja y lo que percibe de salario, entonces, considero que sería viable una modificación de medidas, por lo que le sugiero que se ponga en manos de un abogado especializado en derecho de familia que le dirija el procedimiento.
Abogado indemnizacion tráfico Sevilla - Parrilla Abogados
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Civil
Buenos días, si las circunstancias que existían en el momento de adoptarse las medidas sobre los hijos han cambiado se podría iniciar un procedimiento de modificación de medidas.
Puede ponerse en contacto con nosotros para iniciar los trámites.
Un saludo.