Modificar convenio regulador de una separacion
Abogado Administrativo Albacete - Lopez y Ortega Abogados y Consultores C.B.
Abogado de Albacete especializado en Contencioso Administrativo
Aparte de lo que ya han dicho mis compañeros sobre la posibilidad de cambiar las viviendas si son de la sociedad de gananciales, usted no dice nada de la PENSION POR ALIMENTOS que indudablemente le correspondería por tener a sus dos hijas, si no están viviendo por sus propios medios, como parece. No había pensión en principio porque cada uno tenía una hija, pero ahora eso ha cambiado, y si se modifica en sentencia y las hijas no están emancipadas económicamente corresponde a su esposa pagar una pensión por alimentos, QUE PUEDE SER UN ELEMENTO DE NEGOCIACIÓN PARA RESOLVER ESTA CUESTIÓN AMISTOSAMENTE.
Espero haber sido de utilidad. un saludo
buenos días. Todo dependerá de que ambas viviendas sean aún propiedad de su esposa y usted, puesto que si fueron objeto de liquidación de la sociedad de gananciales y se le atribuyó la propiedad a cada uno de ustedes de cada una de las viviendas, entiendo que no sería posible. Si las viviendas continúan siendo propiedad de ambos, por modificación de las circunstancias de residencia de sus hijas (ya no hay guarda y custodia al ser mayores de edad), entiendo que sí sería posible una modificación de medidas en ese sentido. Quedo a su disposición
Abogado Claúsula Suelo Ciudad Real Gonzalo Frías Gómez
Abogado de Ciudad Real especializado en Derecho de Familia
Buenos días,
En contestación a su consulta, entiendo que si sería posible solicitar una modificción de medidas y pedir que se le atribuya la vivienda de tres dormitorios para que residan Ud. y sus dos hijas, siempre y cuando dichas viviendas cotinuen siendo propiedad de la sociedad de gananciales y no se atribuyeran en propiedad exclusiva.
Quedo a su disposición para ampiar información. Primera consuta gratuita
Buenos días, en principio habría que ver el contenido de la sentencia o del convenio regulador, en concreto; las condiciones de la atribución del uso de cada una de las viviendas para poder determinar si es posible solicitar una modificación de medidas definitivas basada en ese cambio de circunstancias. Un saludo.
Despacho Jurídico Concepción Núñez
Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común
Buenos días, sí es posible modificar el uso de la vivienda como usted plantea mediante una demanda de modificación de medidas ante el Juzgado. Quedo a su disposición si desea un presupuesto sin compromiso, un cordial saludo.
Concepción Núñez
Abogado Herencias Fuengirola - Álvaro J. Gracia García -
Abogado de Fuengirola especializado en Derecho de Familia
La demanda de modificación de medidas es viable, en cualquier caso, para confirmarle el asunto, debería ver la documentación que Ud. posee. Si le interesa que le lleve el asunto, póngase en contacto conmigo. Un saludo.
ABOGADO URBANISMO CORUÑA CARREIRA ABOGADOS
Abogado de Coruña especializado en Derecho Inmobiliario
Buenas tardes:
para modificar el uso y disfrute de las viviendas que nos menciona, tiene que instar una modificación de medidas ante el juzgado de familia que tramitó su separación.
Esperamos haberle sido de ayuda.
Saludos.
Por no ser reiterativo, comparto lo expuesto por el compañero Juan José Panadero, si las viviendas todavía son propiedad de ambos, cabe la modificación de las medidas en ese sentido.
Saludos.
Abogado Divorcio Ourense CONCEPCIÓN ÁLVAREZ OTERO
Abogado de Ourense especializado en Derecho Civil General
Bueno días:
la posibilidad que usted tendría es presentar una demanda de modificación de medidas.
le recomiendo que se ponga en contacto con un abogado y él le informará detalladamente.
un saludo
FRANCISCO MANUEL REDONDO RUBIO
Abogado de Valdepeñas especializado en Derecho Administrativo
Si, siempre se puede solicitar una modificación siempre que haya una nueva circunstanca que cuando se adopto el convenio antes no existía, como se da en su caso.
Un saludo
Francisco Manuel Redondo