Multa por estacionar en carril de circulación

Hola,

Me han puesto una multa por estacionar en un carril de circulación, art. 91,2 m) del reglamento de circulación, por no aparcar en una vía secundaria, por la que pasan pocos coches y en la que se aparca desde siempre por ser una zona situada relativamente cerca de la playa.

En el suelo no existe ningún tipo de marca que delimite los carriles (es simplemente un camino asfaltado) y tampoco hay ninguna señal vertical que prohiba estacionar. Es el típico camino que da servicio a las casas de la zona. Por él pueden pasar coches en ambos sentidos, y el único inconveniente que he causado al aparcar es que no pueden pasar dos coches en diferentes sentidos a la vez, lo que es muy poco probable que suceda, quedando espacio suficiente para que la circulación sea fluida.
Además, en mi misma situación se encontraban numerosos vehículos más, siendo únicamente multados 5.

La multa es puesta por la policía local del ayuntamiento a las 19:30 de la tarde en pleno horario de playas cuando no hay sitio para aparcar en la zona, ni siquiera de pago (no hay parkings).

Me parece una multa totalmente injusta, no he causado ni peligro ni he obstaculizado gravemente la circulación y además, creo que en una calle de estas características totalmente sin pintar y solamente asfaltada (y no precisamente perfectamente asfaltada), no es lugar para recibir una multa grave de 200 euros.

Me gustaría saber si tengo posibilidades de que acepten mis alegaciones y qué sería lo más adecuado de alegar (no existe carril al no estar pintado, no obstaculizo gravemente el paso de vehículos, etc.).

Muchas gracias de antemano.

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Contestado

Tiene argumentos para intentarlo, además tanto las alegaciones del trámite de audiencia, como un recurso en vía administrativa puede hacerlos Vd. mismo, siendo gratuito, por lo que merece la pena que lo intente, salvo que prefiera el abono de la multa y olvidarse del asunto.
No podemos garantizarle un resultado favorable, por razones obvias.
Esperamos haberle ayudado, un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado