Multa por incumplimiento de la parada total en interseccion en francia
Abogado arrendamientos Madrid - Cristina Amor Barrado
Abogado de Leganés especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes, si dicha notificación no ha sido realizada correctamente puesto que debe ser mediante correo certificado y no mediante un correo ordinario que no se sabe si le llega a su destinatario o no. En ese caso tiene dos opciones: Una es ver si se pueden hacer alegaciones y realizarlas ya y otras opción es esperar a ver si le llega una notificación fehaciente del hecho. Si le parece oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, podría concertar una cita en mi despacho, para así, tratar su asunto con detenimiento. Un saludo.
Abogado Administrativo Madrid - Diego Écija Villén
Abogado de Madrid especializado en Derecho Administrativo
En principio, si la multa ha llegado por correo ordinario, sin certificar ni acuse de recibo, no tienen pruebas de su recepción, por lo que, dado el tiempo transcurrido, entiendo que debería esperar al envío de una notificación en forma; y si ésta se produce realizar las alegaciones, como si fuera dicha notificación la primera (sobre todo si ha transcurrido el tiempo establecido para la caducidad). Para cualquier, me tiene a su entera disposición en mi despacho sito en Madrid, C/ Cea Bermúdez nº 38, 20 A; 28010 Madrid.