Multas - embargo sin notificación ¿Es un acto tácito?
Abogado Administrativo Madrid - Diego Écija Villén
Abogado de Madrid especializado en Derecho Administrativo
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Buenas tardes, el caso es difícil, pero en su caso interpondría el Recurso contra el embargo, aunque haya pasado el mes para interponerlo, manifestando lo que solicitó la cita y la remisión del expediente, y que éste se lo remitieron el 30 de diciembre,; ahora bien, las multas han debido intentar notificarlas y al no haber podido las han publicado en los boletines y con ello, no se han producido defectos de forma; si no han intentado la notificación al menos en dos ocasiones y en franjas horarias distintas y han procedido a la publicación en los boletines oficiales, efectivamente se han producido defectos de forma, que podrían conllevar la nulidad o anulabilidad de las resoluciones. De todas formas, me tiene a su disposición, para a la vista de todos los documentos poderle informar y realizar los pertinentes recursos