No puede considerarse abuso de derecho el que un propietario de un piso inferior impida la conexión a un bajante pasando por su techo (indemnizándole por los desperfectos y molestias causadas)?
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
La conexión a la bajante no pasaba antes por la casa de su vecino, por lo que si ahora pretende que pase es por querer redistribuir su piso conforme a sus intereses modificando para ello el trazado originario de ciertas instalaciones, de forma que más que necesidad hay una conveniencia. Ante una situación así y salvo que pueda probar con una pericial que la solución original ya no es posible, le aconsejamos que trate de convencer a su vecino para que le deje pasar la tubería a cambio de la indemnización que se pueda pactar; pero en caso de que su vecino no acceda a su propuesta es bastante difícil que se le pueda imponer la solución que pretende y bastante probable, si se empeña en ello, que pierda tiempo y dinero; además de conseguir la quiebra completa de las relaciones de buena vecindad. Si desea nuestro asesoramiento nos puede pedir un presupuesto por teléfono o email.
Advocat Esplugues de Llobregat Glòria Solé I Recio
Abogado de Esplugues de Llobregat especializado en Derecho de Familia
Buenos dias:
En primer lugar entiendo que para hacer la redistribución de su piso, debería pedir autorización a la comunidad y evitarse posibles problemas futuros. No cualquier cambio es posible en el propio piso, si puede afectar estructuras u otros elementos que puedan perjudicar al edificio. Si la Comunidad le autoriza, debe estudiarse si ese cambio que usted pretende debe afectar al vecino.
El tema es complejo y no puede darse una respuesta ajustada sin saber más detalles del asunto.
Le recomiendo que antes de hacer nada, lo consulte debidamente y se asegure por escrito de obtener todos los permisos de la Comunidad (incluso licencia del Ayuntamiento) para efectuar los cambios que pretende sin problemas.
Un saludo.
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Si hablamos de actuar en elemento común es la Comunidad quien debe autorizar esa conexión aunque el bajante pase por elemento privativo por tanto debe ser la Comunidad quien requiera a ese propietario para que se pueda hacer esa obra, arreglando por supuesto los desperfectos que se ocasionen para dejar la vivienda en el mismo estado en que se encuentra. Entiendo que no es obligado la indemnización que indica al tratarse de una obra necesaria que no va a suponer ninguna privación.
Saludos
Advocat Gestor Patrimoni Terrassa MAURI ASSESSORS
Abogado de Terrassa especializado en Derecho Urbanístico
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Buenos días,
Entiendo que este tema debiera tratarse en una junta, requerir al propietario para que permita este paso (está obligado a ello) indemnizándole respecto de los perjuicios que se le puedan producir, en su caso
Saludos
Advocat Girona AC ABOGADOS Y MEDIADORES
Abogado de Girona especializado en Derecho de Familia
Efectivamente, tal y como le han comentado los demás abogados, debe ser la comunidad la que tenga conocimiento y autorice dichas obras y, respecto al vecino afectado indemnizar de acuerdo a los perjuicios que se le causen. Esperamos haberle sido de su ayuda. Saludos. AC ADVOCATS I MEDIADORS
Abogado Urbanistico Barcelona Frederic Lloveras
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Urbanístico
Si realmente hay un dictamen pericial que acredite que no hay un recorrido mejor se le podría obligar pero esto supone un pleito largo y de resultado incierto. NO hay otra forma de hacerlo?