No renovación del contrato laboral por accidente de tráfico
Buenos días, entiendo que con los pocos datos facilitados es difícil dar una respuesta ajustada a su realidad. Tal y como ya han mencionado mis compañeros, cabe la posibilidad de interponer Demanda por despido improcedente, pero únicamente sería recomendable en caso de estar ésta sustentaba por prueba suficiente, en caso contrario se entendería que el contrato se extingue al haber expirado el tiempo convenido. Es importante que no olvide que si desea interponer Demanda por despido improcedente cuenta con un plazo de 20 días hábiles.
Quedo a su disposición.
Inmaculada García Gilarte. Abogada
Lo único que puede hacer es reclamar al causante del accidente los daños y perjuicios. Una reclamación a la empresa por despido improcedente no parece viable, ya que la empresa no incumple la ley, y le va a resultar difícil acreditar que la renovación se habría producido de no haber sucedido el accidente.
BARCELONA - EJP ABOGADOS
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil
Si la extinción del contrato se debe a la expiración del plazo contractual, no habría nada que hacer. En cambio, si la extinción se produce por causa distinta a la expiración de ese plazo, cabría la posibilidad de interponer demanda por despido improcedente, para lo cual hay veinte días hábiles.
ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Bancario
Lo que sí puede y debe hacer es reclamar al autor del atropello por todos los daños de todo tipo que le haya causado. En mi despacho somos especialistas en accidentes de tráfico, por lo que quedo a su disposición para lo que necesite.
Abogado Divorcios Hospitalet AG abogados
Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia
Buenos días, la clave esta en la prueba, si usted puede probar esa actuación tiene acción legal. Un saludo. www.agabogados.cat