¿Es obligatoria una oferta vinculante si la hipoteca del piso se divide en dos contratos?

En esta oportunidad quisiera saber si la oferta vinculante era obligatoria presentarla por el Banco hacia mi persona, habiendo firmado dos contratos por la compra de mi piso. Los dos contratos obedecen al 70% y 30% de la hipoteca. Estos documentos lo firmé en junio del 2006 por un valor de 33 millones de pesetas (208 mil euros). Asimismo, los porcentajes firmados, se me fueron informados el mismo día de la firma del contrato, ya que al inicio de la negociación era por un 80% y 20% ya que requería un aval para la firma.
Espero vuestra ayuda.
Saludos.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
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El Banco normalmente tiene un producto hipotecario, que admite algunas modificaciones en función del caso concreto. Cuando alguien le va a solicitar una hipoteca, en función de las circunstancias personales del cliente el Banco, adapta (dentro de esos límites a los que antes me refería) su oferta. Ésta debe exigírsele que la haga por escrito y vincula a las partes. Por tanto, la oferta vinculante, en principio, es la general (las condiciones sin ningún tipo de modificaciones que establece la entidad), mientras que las condiciones particulares tenemos que pedir que nos las pongan por escrito. Y sólo desde ese momento serán vinculantes para el Banco.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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LOROÑO ABOGADOS

LOROÑO ABOGADOS

Abogado de Bilbao especializado en Derecho de Familia

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La oferta vinculante, de acuerdo con los datos que nos ofrece, no era obligatoria.
Si lo que busca es conocer la viabilidad de una posible reclamación al banco contacte con nosotros y lo estudiaremos por tan solo 29 euros.
Además después reclamaremos extrajudicialmente en caso de ser viable de forma gratuita, a éxito.
Atentamente,

Loroño & Gonzalez Abogados
www.loronogonzalez.com
loronogonzalezabogados@gmail.com

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Los datos que enumera son escasos, pero el banco ha de realizar una oferta de hipoteca, con las condiciones que está dispuesto a aceptar: plazo, interés, revalorización, cuantía del pago mensual, etc.; dichos datos Importantes lOS pueden dar por escrito y vinculan a la entidad durante un período de tiempo consignado en el documento.
Saludos.

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IURIS ESTUDIO JURIDICO

IURIS ESTUDIO JURIDICO

Abogado de Bilbao especializado en Violencia de género

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Buenas tardes.
Para poder decirle si resultaría viable una reclamación a la Entidad Bancaria, necesitamos conocer más datos.
Si lo desea, puede ponerse en contacto con nosotros (info@iurisbilbao.es) y estudiaremos su caso.
Gracias.

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