Orden de alejamiento inclumplida por la victima
Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
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1 profesionales de acuerdo
Buenos días
Esta usted cometiendo una imprudencia, ya que la orden de alejamiento tienen que cumplirla las dos partes, y si es usted la víctima que solicitó dicha orden, es la primera que debería hacer que se cumpliera, ya que su hija puede tener consecuencias penales si en algún momento la policía, aunque sea accidentalmente, la detiene en su domicilio o en su compañía.
Debería solicitar que se retire dicha orden, lo cual no quiere decir que lo concedan, ya que será el,juez que la dictó el que la retire, previo informe del fiscal.
Si desea cualquier aclaración o contar con nuestros servicios, pongase en contacto con el despacho.
Un cordial saludo
Abogado Penalista Malaga - SALAMALAGA
Abogado de Torremolinos especializado en Derecho Penal Común
La Orden de Alejamiento usted no la puede quebrantar, si se dirige a ella, la está quebrantando, otra cosa que sea ella la que lo haga, en ese caso aléjese usted.
Por supuesto usted no la puede invitar ni nada por le estilo, con seguridad tiene prohibido comunicarse con ella.
Procure no violar tal Orden, pues las condenas son serias.
Saludos
Coincidimos con nuestros compañeros en sus respuestas.