¿El padre tiene que seguir pagando pensión alimenticia?

El caso es el siguiente: Unos hijos de 24 y 28 años de edad que trabajan, pero que no ganan el doble del Salario Mínimo Interprofesional, que viven con la madre y el padre paga una pensión de 150 € por hijo. En el convenio regulador pone que la pensión "dejará de pagarse cuando los hijos se independizaran económicamente de sus padres o dejaran de vivir de vivir con el progenitor custodio. Se entenderá independizado económicamente cuando el salario neto de los hijos supere el doble del Salario Mínimo Interprofesional establecido para ese año".

La madre quiere irse a vivir a otra ciudad y quiere saber si el padre está obligado a seguir pagando la pensión.

También quiere saber si puede exigir a los hijos que se quedan en el piso, que es exclusivamente de ella, el pago de una renta, ya que ella también tiene que alquilar otro piso en la otra ciudad.
También, si el padre tiene que seguir pagando la pensión, podría ayudar con ese dinero a los hijos para pagar la renta.
Muchas gracias.

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ABOGADO ACCIDENTE TRAFICO IRUN Daniel Loza Saldias
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En primer lugar, si el padre quisiera modificar algo de lo estipulado en el Convenio Regulador, tendría que iniciar en el Juzgado un procedimiento de modificación de medidas.

Si la madre quiere irse a vivir a otra ciudad y lo hace sin sus hijos, el padre podría dejar de pagar la pensión, pero siempre solicitándolo en el procedimiento judicial de modificación de medidas, en el cual tendría que probar que la madre ya no vive con sus hijos.

En cuanto a obligar a los hijos a ayudar a la madre al pago de la renta, habría que estudiar con detenimiento el Convenio Regulador.

Saludos

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Si la madre deja de vivir con los hijos, el padre tiene una causa para dejar de pagar la pensión si puede probarlo. Por otro lado, si los hijos se quedan viviendo en el piso de la madre, hay que ver el convenio que fue aprobado o lo que se dijo en la sentencia sobre el uso del piso donde vivía la familia y si en el convenio se atribuyó el uso de dicho piso, los hijos pueden seguir viviendo en el mismo sin el pago de ninguna renta, ya que no se puede pretender que no se consideren independientes para que el padre siga pagando, pero que sí lo sean para pedirles la madre una renta; o son independientes para todo, o no lo son, pero no lo pueden ser para lo que a uno le interese.

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Legal Zaragoza

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Abogado de Zaragoza especializado en Derecho de Familia

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Entiendo que por la edad de los hijos, que además se encuentran trabajando, si se podría pedir por parte del padre una modificación de medidas. Habría que estudiar con detenimiento todas las circunstancias, vida laboral de los hijos, salario que están percibiendo, si tendrán que pagar alquiler del piso etc. Lo más conveniente es que se ponga en contacto con un letrado de su localidad a fin de que pueda estudiar todas la circunstancias del caso concreto.

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Como en todos los casos, se impone un estudio a conciencia de las circunstancias, así como la posición de los hijos sobre el traslado de la madre, causa del mismo, etc., por lo que se impone una consulta con un abogado que realice el estudio y le asesore en consecuencia; indicarle que cualquier modificación de la situación de hecho, respecto de cuando se adoptaron las medidas, puede dar lugar a su modificación.
Quedamos a su disposición, saludos cordiales.

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Cristina Baz Larrañaga

Cristina Baz Larrañaga

Abogado de Eibar especializado en Derecho Civil

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Le recomiendo solicitar una modificación de medidas.

Con respecto a solicitar a los hijos el pago de una renta, seria lo correcto.

Un saludo,

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