Pagar multa de radar fraccionada
Abogado Las Palmas - Adrián Mayor Valerón
Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Derecho Civil
Buenas tardes.
Por desgracia, no. Puede usted hacer ver su situación a la Administración en un escrito de alegaciones o un recurso, según en qué momento se halle el procedimiento, pero la Administración no tiene por qué tenerlo en cuenta. Tenga presente que terminado el período de pago voluntario con y sin descuento, y sin haberse recurrido y firme la resolución, comienza la vía de apremio con los recargos de la multa y con el embargo de bienes. Por eso siempre es conveniente recurrir las multas, sea cual fuere la causa o la cuantía.
Un cordial saludo.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Comporto a tesis de mi compañero, si recurre la multa ganará tiempo, y ello es beneficioso para usted porque permitira ir renuniendo el dinero para pagar la multa.