Pago de pensión de alimentos: desempleado
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Los ingresos independientemente de la cuantía son embargables por pensión de alimentos. Hasta que no solicite una modificación de medidas seguirá con la obligación del abono de la cantidad por pensión de alimentos que en su día se acordó. Si no llega al total de la pensión el embargo practicado, la cantidad que no haya pagado podrá ser reclamada vía judicial.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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León Bendayán
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Inmobiliario
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No puedo ayudarle porque no llevo asuntos de familia. Espere a que otro compañero le responda.
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