¿Qué pasos tengo que seguir para liquidar y cerrar mi empresa?

Mi empresa consta de dos socios y tres trabajadores. Quiero saber cómo tengo que indemnizar a mis operarios y qué pasos tengo que seguir.

Respuestas de otros profesionales:
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LABE Abogados

LABE Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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Estimado Cliente:

Como especialista en derecho mercantil puedo decirle que una empresa se puede cerrar y liquidar mediante dos procesos. Por un lado mediante un procedimiento concursal, y por otro mediante una liquidación ordenada. Sin embargo para tomar esta decisión es necesario hacer un análisis previo de las cuentas con el fin de optar por la solución meno cara y más sencilla.

Nuestro bufete tienes más de 30 años de experiencia en la negociación de este tipo de asuntos y cubrimos todo el territorio nacional.

En caso de necesitar más información adicional, puede ponerse en contacto con nosotros.

Quedando a su disposición para asesorarle en lo que necesite, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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JUAN PENEDO FERNÁNDEZ

JUAN PENEDO FERNÁNDEZ

Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

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Buenos días,

Para cerrar debidamente su negocio, en primer lugar deberíamos de revisar las cuentas y saber si existen deudas o no, para proceder a la liquidación de la sociedad, o bien, entrar en un procedimiento concursal.

De igual forma, la indemnización a sus trabajadores dependerá del tipo de contrato, antigüedad, motivos del despido, y estado de la empresa.

Debe pedir asesoramiento letrado, pues el cierre de un negocio debe de ser lo más pulcro posible, para que no se generen problemas futuros.

Si está interesado en mantener una reunión en la que podamos pedirle mayor información sobre su empresa, y los pasos a seguir, puede ponerse en contacto conmigo por teléfono, o bien mediante correo electrónico.

Un saludo,

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado