Pensión de alimentos y ropa del menor

Buenos días,
Me llamo José Manuel tengo una hija de 10 años y una pensión de 200 euros a favor de mi exmujer, se niega a facilitarme ropa para el tiempo que la menor pasa en mi compañía,
¿Qué debo hacer?

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De Miguel Leiro Abogados

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Buenas tardes,

Tendríamos que revisar los términos de la sentencia o convenio que rige las medidas de su hija, pero en principio, salvo disposición expresa en contrario, la pensión de alimentos que paga para su hija sirve para cubrir los gastos de ropa; por lo que la madre debería facilitarle la ropa correspondiente.

En caso de incumplimiento sería conveniente estudiar la posibilidad de iniciar un proceso judicial ejecutivo reclamando el cumplimiento de esta medida ante el juez.

Quedamos a su disposición para lo que pueda necesitar. Le facilitamos nuestros datos directos por si quisiera contactar con nosotros para tratar el asunto:

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Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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LACAMBRA DESPACHO DE ABOGACÍA SLUP

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Buenos días :
Cómprele ropa, lo que ella necesite. Es la solución más pacífica.
Los progenitores tienen obligación por Ley de dar alimentos en favor de los hijos menores. El concepto legal de alimentos incluye ropa. La pensión de 200€ quizá no alcance a los alimentos propiamente dichos y ropa.
Atentamente.

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