Pension compensatoria
ABOGADO ACCIDENTES MALAGA - NARBONA ABOGADOS
Abogado de Málaga especializado en Responsabilidad Civil
Buenos Dias:
El hecho de tener una enfermedad no conlleva la fijación de una pensión compensatoria de forma automática, si bien será un factor a considerar dado que dificulta el acceso al mercado laboral. Tenga en cuenta, que para la fijación de una pensión compensatoria, es mas relevante la duración del matrimonio, así como la dedicación a la familia y el haber renunciado a un desarrollo personal y profesional.
En Narbona Abogados contamos con especialistas en la materia.
Saludos cordiales
ABOGADO HERENCIAS JAEN - JESUS NAVARRO RUEDA
Abogado de Jaén especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
La finalidad de la pensión compensatoria es la de reparar el desequilibrio económico de ambos cónyuges debido a una separación, nulidad o divorcio, es por ello que dicha pensión se establecerá por un período de tiempo para que permita al cónyuge que ha podido verse afectado por tal desequilibrio, realizar aquellas acciones pertinentes para poder reequilibrar su estado económico.
Seria necesario concretar dichas cuestiones concretas en su acuerdo de convenio.
BOMBÍ ABOGADOS
Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia
El hecho de conceder o no una pensión compensatoria depende de distintos factores y no únicamente por el hecho de tener una enfermedad. El hecho más relevante es la diferencia de ingresos entre uno y otro cónyuge y dependerá de los ingresos y gastos. En principio la pensión compensatoria es temporal, con excepciones. Es muy importante para concederla de forma indefinida los años en que han estado casados.
Atentamente, www.bombi-abogados.es
Jubilado
Abogado de Rincón de la Victoria especializado en Violencia de género
Creo que a esa pregunta le podría responder mejor el letrado que le lleve el divorcio. Si no tiene ninguno, es hora de que se vaya buscando uno. Luego no se queje.