Plus nocturnidad clausula
Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
Abogado de Valls especializado en Derecho del Trabajo
El salario que consta en el convenio colectivo es un derecho indisponible que no permite negociación entre las partes, a no ser que en su contrato le hayan hecho firmar que se adhiere a un convenio colectivo extra-estatutario. Necesitaría revisar su documentación para darle una respuesta adecuada.
Abogado accidentes Úbeda Francisco Juan González García
Abogado de Úbeda especializado en Derecho Civil
Buenas tardes, en principio y salvo revisión de la documentación, NO es legal, ya que no puede pactarse remuneración por debajo del Convenio Colectivo.
Si desea una consulta y revisión de la documentación, no dude en ponerse en contacto conmigo.
Saludos.
ABOGADO ACCIDENTES JAEN ANTONIO LUIS GOMEZ JIMENEZ
Abogado de Jaén especializado en Derecho Civil
Si la actividad de sus compañeros está dentro del mismo convenio que la actividad de Vd., es de aplicación el Plus que establece el convenio, siempre que la jornada laboral tenga el mismo número de horas de trabajo.