¿Podemos demandar por un golpe con una pizarra en un restauran?

Al salir de un restaurante, la pizarra de precios bastante sólida y pesada que estaba colocada de forma temporal sobre un barril a la salida, ha volado por un golpe de viento cayendo desde la altura del barril (un metro o algo así) sobre el pie de mi suegra, rompiéndole el dedo gordo, según hemos sabido tras realizarle radiografías. Mi pregunta principal es ¿a qué tipo de indemnización tenemos derecho? Pues no solo puede haber secuelas, sino todo el perjuicio ocasionado por los dolores y los familiares que tenemos que perder horas de trabajo para atenderla y llevarla a los chequeos y atenciones. Mi suegra está jubilada. Mi pregunta es por tanto si no hay secuelas ni ella puede demostrar baja directa en el trabajo pero los familiares directos sí, si tenemos derecho a demandar algo. Además, prácticamente nos ha reventado los planes de vacaciones para agosto ya que requiere reposo y no puede quedarse sola.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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En relación con lo que pregunta le precisamos lo siguiente: 1) También los jubilados tienen derecho a que se les repare el daño que se les ha causado por culpa o negligencia; 2) Ahora bien, quien reclama tiene que probar que el daño se ha producido por la causa que se afirma y la cuantificación de ese daño, y normalmente no se suele reconocer ninguna responsabilidad por las buenas; 3) Por ello, les recomendamos que busquen un abogado que les oriente en su reclamación, pudiendo contactar con nosotros por teléfono o email. Trabajamos en toda España y siempre con presupuesto previo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Legal Orbis- Abogados Madrid

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común

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Buenos días. La situación de su suegra es muy común y da lugar a un proceso en el que se solicita una indemnización de acuerdo a un baremo preestablecido, que tiene en cuenta el tiempo de hospitalización, lesión sufrida y días impeditivos, entre otros. Los perjuicios que se le puedan causar a un familiar directo del accidentado requieren un proceso mucho más complejo y difícil de explicar en tan pocas líneas, pero también hay base legal para ello. Contacte con nosotros y le atenderemos sin compromiso ni coste alguno y le daremos un presupuesto si usted está interesado. Gracias.

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Buenas tardes. Habría que estudiar dichas lesiones, puesto que se podría hacer una reclamación al restaurante y su responsable civil (su seguro) exigiendo una indemnización por las lesiones sufridas. Si le parece oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, estudiando la viabilidad del asunto, puede contactarse. Un saludo.

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Abogados Royuela y Asociados

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Abogado de Madrid especializado en Despidos

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En relación a su consulta le indico que puede denunciar al restaurante en el plazo de un año desde el hecho acometido. Para ello debemos valorar las secuelas y daños y perjuicios causados. Para darle presupuesto económico puede contactarnos. Saludos.

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Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
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Tienen derecho a reclamar, no solo por los daños físicos causados con motivo del accidente a su suegra, sino también los perjuicios causados a los familiares por su cuidado y pérdida del disfrute de vacaciones, todo ello debidamente acreditado, con informes médicos de la víctima y el perjuicio realmente causado con tal motivo a los familiares. Si desean mayor información pueden contactar con nuestro despacho. Un saludo.

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LABE Abogados

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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Estimado cliente: Sí su suegra tiene derecho a que le indemnicen por el daño ocasionado. Ahora bien, es necesario un parte médico para demostrar las lesiones. Tiene el plazo de un año para realizar dicha reclamación.

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