Mi empresa cambia de dueño ¿puedo negarme a seguir y solicitar que me indemnicen?
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
En relación con lo que pregunta le precisamos lo siguiente: 1) La sucesión de empresa si es que realmente la hay, algo que tendría que ser previamente examinado en su caso, no extingue por sí sola la relación laboral, quedando el nuevo empresario subrogado en los derechos y obligaciones laborales y de la Seguridad Social del anterior (art. 44 ET); 2) En dicho caso el trabajador tendrá que aceptar el cambio y si se quiere ir por dicho motivo no tendrá derecho a una indemnización, salvo que haya alcanzado un acuerdo con el empresario en otro sentido para extinguir la relación laboral.
Estimado cliente: según la teoría general de las obligaciones, el contrato de trabajo tiene un acreedor (del salario, el trabajador), y un deudor (el empleador); para que se produzca una subrogación en la posición del empleador sería necesario, en principio del consentimiento del trabajador en cuestión. En caso afirmativo, las condiciones y la antigüedad se respetarían, por lo que se produciría simplemente una novación en la posición del empleador. Un saludo.
Si dicho cambio de dueño se realiza cumpliendo todos los requisitos y exigencias, el nuevo empresario se subrogará de todas sus obligaciones con los trabajadores por lo que Vd. no tendría derecho a ninguna indemnización.